Expertos explicarán los alcances del nuevo reglamento de acceso a recursos genéticos

Fotos: Thomas Müller / SPDA

  • Esta nueva normativa permitirá adecuar al Perú a protocolos internacionales, así como una participación justa y equitativa de los recursos genéticos y derivados.

 

El próximo viernes 1 de octubre se realizará la conferencia sobre los cambios realizados en la actualización del Reglamento de Acceso a los Recursos Genéticos y sus derivados. El evento virtual es organizado por el Centro de Investigación en Recursos Genéticos, Biotecnología y Bioseguridad (CIRGEBB), el Círculo de Investigación Biotecnología Vegetal, y la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA).

Entre los expositores estará la bióloga Isela Arce Castañeda, de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del Serfor; Roger Becerra Gallardo, director de la Subdirección de Regulación de la Innovación Agraria del INIA; y Dino Delgado, abogado del Programa de Biodiversidad y Pueblos Indígenas de la SPDA.

Actualización de reglamento

Reconocido como uno de los países más biodiversos del mundo, Perú alberga una gran cantidad de especies y recursos genéticos. Con el fin de lograr una participación justa y equitativa de estos beneficios, en julio de este año el Gobierno actualizó el Reglamento de Acceso a Recursos Genéticos y sus derivados. Este cambio permite adecuar la normativa nacional a protocolos internaciones asumidos como país.

“En este nuevo reglamento se atienden algunas de las preocupaciones surgidas anteriormente: se revisa la institucionalidad, así como las autorizaciones de acceso con fines de investigación básica y los recursos genéticos que se encuentran en áreas naturales protegidas”, detalló Dino Delgado de la SPDA.

Además, el nuevo reglamento detalla las etapas del proceso de solicitud de inscripción de contratos y las autorizaciones de acceso, así como el proceso de negociación de beneficios.

Foto: Jaime Tranca / SPDA

¿Qué protocolos asume el Perú en materia de recursos genéticos?

El Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB), adoptado y suscrito en 1992, ratificado por el Perú en 1993, define a los recursos genéticos como el “material genético de valor real o potencial”; es decir, todo material de origen vegetal, animal, microbiano o de otro tipo que contenga unidades funcionales de la herencia proveniente de un ecosistema continental o marino.

Los objetivos del convenio incluyen la conservación de la diversidad biológica, lograr el aprovechamiento sostenible de los recursos y permitir una participación justa y equitativa en los beneficios que deriven del uso de los recursos genéticos.

En esta línea y luego de años de negociación, se logró la adopción del Protocolo de Nagoya el 30 de octubre de 2010, cuyo objetivo es la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos, incluso por medio del acceso apropiado a los recursos genéticos y por medio de la transferencia apropiada de tecnologías pertinentes, teniendo en cuenta todos los derechos sobre dichos recursos y tecnologías y por medio de la financiación apropiada, contribuyendo a la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de sus componentes.

Los países que conforman la Comunidad Andina (Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú) decidieron negociar un instrumento regional de Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios que se deriven de su utilización (ABS). Como resultado en 1996 se aprobó la Decisión 391 Régimen Común de Acceso a los Recursos Genéticos.

Foto: SPDA

Con esta aprobación se desarrolla y detalla los objetivos y principios del CDB y sus disposiciones, que busca la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica.

Finalmente, en el 2008 a través de la Resolución Ministerial 087-2008 del Ministerio del Ambiente, se aprueba el reglamento de acceso a los recursos genéticos, que posteriormente sería elevado a rango de Decreto Supremo 003-2009. Este reglamento regula el acceso de ABS y establece condiciones mutuamente acordadas.

 

 

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