Advierten sobre prohibición de uso de animales silvestres en fiestas de carnavales

El zorro andino (Pseudalopex culpaeus) es uno de los animales silvestres que suelen ser usados en las celebraciones por Carnavales. Foto: Serfor

  • Serfor reiteró a la ciudadanía puneña y de otras zonas del país a frenar este tipo de prácticas que atentan contra la vida de diversas especies.

 

El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) advirtió sobre la prohibición del uso de animales silvestres en las fiestas de carnavales que se celebran en febrero en Puno.

El organismo hizo hincapié sobre las severas sanciones que recibirían aquellas personas que no cumplan con la normativa vigente que protege a diversas especies ante este tipo de prácticas realizadas en febrero no solo en territorio puneño, sino en otras zonas del país.

Según la Ley 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, la captura de animales silvestres constituye un delito y las sanciones oscilan con multas de 10 a 5000 UIT. Los montos son más elevados si se trata de especies categorizadas como amenazadas.

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Foto: Serfor

Sobre las fiestas 

Si bien los carnavales se desarrollan por varios días en medios de alegría y danzas coloridas con actividades festivas que constituyen un agradecimiento a la Pachamama la fertilidad de la tierra, la renovación de la vida y la primera cosecha, también hay procedimientos que deben ser erradicados por completo.

Tal es el caso de actividades conocidas como chaccu de animales silvestres, que consisten en el arreo y espanto de animales de su hábitat para su captura, tales como el zorro andino (Pseudalopex culpaeus), la taruca (Hippocamelus antisensis), huallata (Oressochen melanopterus) y otros.

Tras ser capturados, estos ejemplares son exhibidos vivos por los lugareños durante la celebración y son entregados a las autoridades locales (alcaldes, tenientes gobernadores, entre otros).

Estos actos causan un grave daño a los animales silvestres, e incluso muchos de ellos mueren porque son sometidos a situaciones de estrés y sufrimiento, sobre todo en su intento de escapar ya que son maltratados o reciben lesiones graves.

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Ante esta situación, Serfor advierte que está prohibida la caza, captura y exhibición de los animales silvestres, especies importantes que le brindan un equilibrio a nuestros ecosistemas porque cada una cumple un rol fundamental en ella.

El organismo también insta a las autoridades locales a no promover, ni avalar este tipo de actividades porque incurrirán en infracciones muy graves y son pasibles a la apertura de un Proceso Administrativo Sancionador.

De igual forma, se exhorta a la población a denunciar este tipo de actos ilegales ingresando al aplicativo de alertas en ESTE LINK para realizar las denuncias respectivas.

Dato:

  • La Ley 30407, ley de protección y bienestar animal, protege la vida y la salud de los animales vertebrados, domésticos o silvestres e impide el maltrato, la crueldad causados directa o indirectamente por el ser humano, que les ocasiona sufrimiento innecesario, lesión o muerte, además este hecho constituye un delito de acuerdo al artículo 206-A del Código Penal que sanciona con una pena privativa de libertad no menor de 3 años.


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