7 razones por las que el Congreso peruano debe ratificar el Acuerdo de Escazú

Han pasado cuatro meses desde que la ministra del Ambiente, Fabiola Muñoz, firmara  en representación del Estado peruano ante la Asamblea General de las Naciones Unidas el Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales, conocido como Acuerdo de Escazú.

Este compromiso debe ser ratificado por 11 países para que entre en vigencia. Frente a ese escenario y considerando la importancia para el Perú y los demás países de América Latina que el Acuerdo de Escazú sea implementado, la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) propone al Gobierno peruano priorizar en su agenda y la del Congreso de la República la ratificación e implementación del Acuerdo de Escazú a través de un proceso transparente y participativo, por los siguientes motivos:

1. Porque los derechos de acceso a la información, participación pública y justicia son derechos fundamentales inherentes a las personas, permiten el ejercicio de otros derechos, actúan como garantes para su reconocimiento y trascienden la materia ambiental, por lo que deben ser reconocidos, fortalecidos y garantizados.

2. Porque en el contexto de urgencia de reconstruir la democracia y hacer frente a los actos de corrupción que afectan al desarrollo del país, los derechos de acceso contribuyen en la construcción de la democracia y gobernanza ambiental en el Perú y afianza la relación entre el Estado, las poblaciones y las entidades privadas en la gestión ambiental.

3. Porque reafirma los compromisos del Estado peruano con los ciudadanos y las ciudadanas para asegurar el ejercicio de sus derechos a través de la creación y facilitación en el acceso a herramientas.

4. Porque la institucionalidad peruana de gestión de información es joven y las herramientas de transparencia son precarias. Su fortalecimiento debe ser priorizado a través de medidas que fomenten la difusión proactiva de información relevante sobre el ambiente, los recursos naturales, su aprovechamiento y manejo; y la rendición de cuentas de las entidades públicas.

5. Porque el 63.6%[1] de conflictos sociales en el Perú es de carácter ambiental y es imperativo estrechar los puentes entre el Estado y la población, a través de la participación pública, para fortalecer la confianza y legitimizar procesos de diseño de políticas, normas, programas y toma de decisiones sobre la gestión de los recursos naturales, además de para crear relaciones de cooperación por el desarrollo del país.

6. Porque la justicia es el principio moral que ordena actuar con respeto a la equidad y en cumplimiento de los derechos de las personas; y el acceso a ella de manera temprana y sin obstáculos es un derecho fundamental que todo Estado debe garantizar plenamente para proteger la democracia de los actos que intentan violentar los derechos humanos a contar con un ambiente sano y saludable.

7. Porque en el 2017, el 60% de personas defensoras de derechos humanos ambientales asesinadas en el ejercicio de sus derechos y de sus labores de conservación, eran de América Latina y el Caribe.[2] Este escenario evidencia la urgencia de protegerlos y de establecer mecanismos que puedan garantizar el ejercicio de sus derechos plenamente, sin restricciones y sin amenazas.

 

[1] Global Witness. “¿A qué precio?” Negocios irresponsables y el asesinato de personas defensoras de la tierra y del medio ambiente en 2017. En: https://www.globalwitness.org/documents/19393/Defenders_report_spanish-7_7LgJLCK.pdf
[2] Según el Reporte Mensual de Conflictos Sociales Nº 172 a junio de 2018 de la Defensoría del Pueblo. En: https://www.defensoria.gob.pe/wp-content/uploads/2018/07/Reporte-Mensual-de-Conflictos-Sociales-N-172-Junio-2018.pdf

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