Aprueban decreto supremo que fortalece la protección de las personas defensoras de derechos humanos

Foto: Giancarlo Shibayama / SPDA

  • Este jueves 22 de abril se publicó el Decreto Supremo que crea el Mecanismo intersectorial para la protección de las personas defensoras de derechos humanos que contará con la intervención de ocho ministerios.
  • Este mecanismo cuenta con tres dimensiones: prevención efectiva, protección rápida y acceso a la justicia.

 

Este jueves 22 de abril se publicó el Decreto Supremo que crea el Mecanismo intersectorial para la protección de las personas defensoras de derechos humanos, una herramienta legal que busca garantizar la prevención, protección y acceso a la justicia de las personas defensoras de derechos humanos frente a las situaciones de riesgo.

Acogemos el pedido de los propios líderes indígenas, los propios defensores de derechos humanos. El gobierno peruano ha creado a través del decreto supremo de ocho ministerios un mecanismo más eficiente que permita una reacción frente a la amenaza que reciben este grupo de personas. La meta es evitar que más líderes indígenas puedan ser asesinados“, afirmó en un evento vinculado a la inseguridad en la Amazonía, el ministerio de Justicia, Eduardo Vega.

Por su lado, el presidente de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (Aidesep), Lizardo Cauper, indicó que si bien este es un avance importante, debe reflejarse en acciones concretas. “Esta medida se da luego de una continua exigencia de las organizaciones indígenas y sus aliados, esto nos motiva a seguir luchando. Para nosotros bienvenido, pero de aquí a su implementación es lo importante. Con su aprobación no pararán las amenazas y asesinatos, por eso seguiremos vigilantes”.

Según detalló el viceministro de Derechos humanos y Acceso a la Justicia, Daniel Sánchez, el decreto supremo aborda el problema desde tres dimensiones. En primer lugar, el preventivo, para que las autoridades entiendan el rol activo y el rol de riesgo que tienen. En segundo lugar, la protección rápida. Es decir, apenas las autoridades sean informadas de un riesgo hacia una defensora o defensor el Estado tiene que responder de inmediato. Antes de la aprobación de este mecanismo estas acciones recaían solo en el Ministerio de Justicia, sin embargo, desde la aprobación del decreto supremo existe una función específica que obliga a la policía a intervenir cuando hay una situación de riesgo real de una persona defensora de derechos humanos. Y finalmente, una tercera dimensión, que es el acceso a la justicia y con esto ponerle fin a la impunidad.

Acciones emprendidas

Foto: Jaime Tranca / SPDA

La defensa de los derechos humanos se define como toda actividad de promoción, protección o defensa que, de manera pacífica, contribuye con la realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales. Como parte de estas actividades están las acciones orientadas a la conservación y protección del ambiente, los territorios de los pueblos indígenas u originarios y los recursos naturales.

Este grupo humano afronta un conjunto de riesgos que afectan, de muchas maneras, en el ejercicio de sus derechos, aumentando su grado de vulnerabilidad. Frente a ello, el Estado realiza medidas para facilitar los medios necesarios para que las y los defensores  realicen de manera libre sus actividades, sin que esto atente contra su integridad.

Dentro de estas acciones, el 27 de abril de 2019, se publicó el “Protocolo para garantizar la protección de personas defensoras de derechos humanos”, que establece acciones, procedimientos y mecanismos para asegurar un ambiente adecuado para la labor de estas personas. A esto se suma que, el 2 de octubre del 2020, se aprobó la creación del “Registro de denuncias e incidencias sobre situaciones de riesgo de personas defensoras de derechos humanos” y sus lineamientos. Una herramienta que permite sistematizar los patrones de agresiones y evidenciar problemas estructurales que generan riesgos para las personas defensoras de derechos humanos y, de esta manera, adoptar medidas de prevención.

Con la reciente publicación del decreto supremo, el Estado busca fortalecer las medidas anteriores incorporando a los demás actores del ejecutivo en su implementación. Para ello, estas normas sectoriales se derogan y las acciones descritas son ahora asumidas por ocho sectores: el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio del Interior, Ministerio del Ambiente, Ministerio de Cultura, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Energía y Minas, y Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.

Un escenario inseguro en la Amazonía

A pesar de los esfuerzos de propiciar un entorno seguro para las personas defensoras de derechos humanos, los riesgos que afrontan se han intensificado. De acuerdo, a Front Line Defenders, organización de defensa de los derechos humanos, en el 2020 se registraron 331 asesinatos, de los cuales 86 fueron reportados indígenas de la Amazonía. En comparación al 2019, cuando hubo 122 muertes.

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En lo que va del año, la Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la cuenca Amazónica (Coica) reportó 19 indígenas asesinados, de los cuales tres ocurrieron en nuestro país. Herasmo García Grau y Yenes Ríos Bonsano, ambos en Ucayali, y Estela Casanto Mauricio, de Junín, cuyos casos se encuentran en investigación preparatoria.

“Todavía tenemos un camino muy largo que recorrer, pero generar un mecanismo intersectorial evidencia el compromiso y la necesidad de abordar esto de manera compartida y transversal, enfrentándola como país, ya que la inacción solo genera la muerte de nuestros defensores y defensoras. Las herramientas están dadas ahora necesitamos hacerlas operar efectivamente, con recursos y capacidades, para así no seguir lamentando más muertes. Construir institucionalidad es difícil, pero este mecanismo nos da esperanza y fuerzas para seguir trabajando juntos protegiendo y salvaguardando sus vidas y sus derechos”, finalizó la directora del Programa Biodiversidad y Pueblos Indígenas de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), Silvana Baldovino.

El proceso para el desarrollo de este decreto supremo ha contado con el apoyo de organizaciones como la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), The Tenure Facility, Silicon Valley Fund, Andes Amazon Fund y la Fundación Moore.

 

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