Cinco retos para el 2021 en materia forestal y de fauna silvestre

Foto: SPDA

Escribe: Programa de Bosques y Servicios Ecosistémicos de la SPDA

 

El contexto sanitario, social, económico y político del 2020 ha puesto a prueba nuestra capacidad de adaptación y de respuesta ante escenarios adversos. Ante ello, es necesario reflexionar sobre lo avanzado y recalibrar nuestras prioridades para el 2021.

En ese sentido, desde el Programa de Bosques y Servicios Ecosistémicos de la SPDA, queremos compartir con ustedes cinco retos en materia forestal y de fauna silvestre, que ameritan, por sus implicancias, especial atención en el año del Bicentenario:

1. Lucha contra el tráfico de fauna silvestre

Tres años han pasado desde la aprobación de la Estrategia Nacional para Reducir el Tráfico Ilegal de Fauna Silvestre (ENRTIFS), periodo 2017-2027, y su Plan de Acción 2017-2022, producto de un proceso participativo orientado a la articulación interinstitucional a nivel regional, nacional y transfronterizo para la implementación de acciones prioritarias dirigidas a combatir este ilícito de alcance internacional.

Estando por concluir su primer Plan de Acción, en agosto de 2022, es necesario iniciar el proceso para la formulación del Plan de Acción 2023-2027, lo que presupone reconocer a la ENRTIFS como un instrumento especializado y diferenciado de la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (PNFFS) [1], acorde con los compromisos país y las tendencias globales para combatir el tráfico de fauna silvestre.

[Ver además ► ¿Por qué el tráfico ilegal de fauna silvestre está asociado al crimen organizado?]

Otro punto de agenda clave para el 2021 es la aprobación del Proyecto de Ley 06051/2020-CR, por el cual se busca categorizar al tráfico de vida silvestre como crimen organizado y que cuenta con la opinión favorable de la SPDA. Cabe mencionar que dicho ilícito mueve entre cinco y veintitrés billones de dólares americanos anuales a nivel mundial, basado en una sofisticada cadena de valor y suministros, dirigida por grupos criminales bien organizados y financiados[2].

[Ver además ► [Opinión] El efecto pangolín: de la reflexión a la acción en materia de fauna silvestre y salud]

Foto: Andina

2. Implementación del enfoque multisectorial “Una Salud”

El 60% de las enfermedades humanas infecciosas son zoonóticas [3], es decir, de origen animal (p.e. peste, gripe aviar, etc.). En este sentido, la magnitud cobrada por la pandemia del COVID-19 ha contribuido a tomar conciencia de la interdependencia salud humana-animal-medio ambiente (ecosistemas), lo que supone la intervención de todos los sectores y disciplinas pertinentes bajo un enfoque multisectorial “Una Salud”[4].

Para el 2021, es imprescindible identificar las prioridades de intervención y fortalecer los mecanismos de coordinación que lo hagan posible. Además de combatir el tráfico de fauna silvestre, la agenda se extiende a la evaluación de riesgos y la gestión de enfermedades asociadas con la cadena de valor[5], lo que incluye implementar el marco normativo necesario para el adecuado manejo de la fauna silvestre.

[Ver además ►[Opinión] Fauna silvestre en la agenda de salud pública: diez propuestas]

De manera inmediata, tenemos como agenda pendiente la aprobación de la lista de especies prohibidas para su tenencia por personas naturales, entre otros, por el riesgo zoonótico; la aprobación del reglamento de la Ley 30407, Ley de Protección y Bienestar Animal, a casi cinco años de su aprobación [6];  así como el fortalecimiento de las autoridades competentes en las acciones de prevención, vigilancia y control de enfermedades que provienen de especies de fauna silvestre.

3. La necesidad de fortalecer la institucionalidad ambiental

Durante el 2020, mediante una opinión legal, la SPDA evidenció la necesidad de fortalecer la institucionalidad en las entidades públicas con competencias ambientales, especialmente en casos como el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor), adscrito al Midagri, y el Instituto del Mar del Perú (Imarpe), adscrito a Produce, a fin de garantizar la estabilidad de sus titulares mediante causales de remoción debidamente reguladas y sustentadas.

Esta recomendación, guarda concordancia con el objetivo específico 1 del Plan Bicentenario, que mide a través del indicador “efectividad gubernamental”, entre otros, la independencia de la administración pública frente a las presiones políticas.

Imagen: MAAP

4. Reducir la deforestación por el cambio de uso de tierras no autorizado

A mediados de diciembre del presente año, la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Loreto revocó la sentencia histórica contra la empresa Cacao del Perú Norte S.A.C. (actualmente Tamshi S.A.C.), que condenaba a dos extrabajadores y al exgerente general con pena privativa de la libertad por 4 y 8 años, respectivamente, y disponía una reparación civil de más de 15 millones de soles, por el delito de tráfico ilegal de productos forestales maderables procedentes de la deforestación de casi dos mil hectáreas de bosque primario en Loreto.

Al respecto, el Ministerio del Ambiente (Minam) ha anunciado que interpondrá, a través de la procuraduría pública, un recurso de casación con el objetivo de que la Corte Suprema de la República resuelva lo decidido por la referida Sala de Apelaciones.

[Ver además ► Tamshiyacu: mitos y verdades de un caso emblemático sobre deforestación amazónica]

Los avances y retrocesos en este caso, no han ido a la par con la posición adoptada (multa y medidas correctivas) por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) para Tamshi y Ocho Sur P. S.A.C., luego de verificar que iniciaron actividades sin contar con la correspondiente certificación ambiental, disponiendo la paralización de sus actividades y la rehabilitación de la zona afectada.

En paralelo, hace casi dos meses, Ojo Público y Kené alertaron sobre el contenido de la propuesta de Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agricultura y Riego (RGASAR) y que en ese entonces venía trabajando el MIDAGRI a través de su Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios (DGAAA), luego de su prepublicación por la Resolución Ministerial 446-2018-MINAGRI.

La versión difundida del RGASAR incluía una serie de disposiciones que podrían permitir la regularización de actividades que hoy son ilegales, tal como la posibilidad de formalizar actividades agrarias instaladas ilegalmente en tierras con capacidad de uso mayor forestal o de protección, contraviniendo con ello la prohibición de cambio de uso establecida desde hace 20 años; y un régimen de adecuación ambiental extendida para aquellas actividades que han venido ejecutándose sin contar con la certificación ambiental correspondiente.

En atención a lo expuesto, resulta prioritario mantener una mirada vigilante en el 2021, en la búsqueda del fortalecimiento del marco normativo y la generación de precedentes históricos que desmotiven actividades ilícitas.

Foto: Serfor

5. La promoción de la investigación en el sector forestal y de fauna silvestre

La investigación constituye un factor clave para orientar la toma de decisiones basada en evidencia, permitiendo gestionar el patrimonio forestal y de fauna silvestre a partir de sus potencialidades y el valor de su conservación.

A fines de octubre se aprobó el Plan Nacional de Investigación Forestal y de Fauna Silvestre (PNIFFS), como un instrumento que permitirá la generación de mayores oportunidades de financiamiento para proyectos de investigación, así como el acceso a otros medios adecuados para el desarrollo y difusión de nuevas tecnologías (fortalecimiento de capacidades, mejor infraestructura, etc.).

Para el 2021, además de la implementación de la PNIFFS, se requiere la aprobación de la Agenda Nacional de Investigación Forestal y de Fauna Silvestre, en actual elaboración por el Serfor como una herramienta dinámica dirigida a orientar las actividades e iniciativas de investigación forestal y de fauna silvestre a nivel nacional.

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Referencias:
[1] Actualmente se encuentra vigente la Resolución Ministerial N° 0283-2019-MINAGRI, en cuyo artículo 2 se dispone que la ENRTIFS se integre en la PNFFS.
[2] Datos de la Interpol presentados en la “Conferencia de Alto Nivel de las Américas sobre el comercio ilegal de vida silvestre” (04/2019), basados en el último informe de Global Financial Integrity (2017) Transnational Crime and the Developing World. Véase documento en: https://secureservercdn.net/45.40.149.159/34n.8bd.myftpupload.com/wp-content/uploads/2017/03/Transnational_Crime-final.pdf p.13.
[3] Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE). https://www.oie.int/es/para-los-periodistas/una-sola-salud/
[4] FAO, OIE y OMS. 2019. Adopción de un enfoque multisectorial “Una Salud”. Guía tripartita para hacer frente a las enfermedades zoonóticas en los países. https://extranet.who.int/sph/docs/file/3857
[5] Declaración del Grupo de trabajo de la OIE para la fauna salvaje, abril de 2020: https://www.oie.int/fileadmin/Home/esp/Our_scientific_expertise/docs/pdf/COV-19/E_OIEWildlifeTradeStatement_April2020.pdf
[6] Por Resolución Ministerial Nº 0269-2017-MINAGRI, se creó el Grupo de Trabajo Sectorial encargado de elaborar el Reglamento de la Ley Nº 30407, Ley de Protección y Bienestar Animal, y de elaborar normas complementarias en materia de protección y bienestar animal, extendiéndose su vigencia por Resoluciones Ministeriales N° 0033 y 0312-2018-MINAGRI. Actualmente el proyecto de reglamento se encuentra manos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI).


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