Presidente del Congreso firma autógrafa que modifica la Ley Forestal sin seguir los procedimientos correspondientes

miércoles

10 de enero, 2024

Foto: Diego Pérez / SPDA

  • La norma, que favorece la deforestación en la Amazonía, ha sido enviada para publicación sin respetar los pedidos de reconsideración planteados en diciembre de 2023.


Hasta el día de hoy, por la mañana, en la página web del Congreso de la República se podía observar los
pedidos de reconsideración planteados por las congresistas Ruth Luque y Susel Paredes, respecto a la votación que aprobó el texto sustitutorio del dictamen que acumula los proyectos de ley  649, 894 y 2315/2021-CR, que modifican la Ley 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre. 

De acuerdo con el Reglamento del Congreso y la práctica parlamentaria, estos pedidos de reconsideración ya habían sido admitidos a trámite por el Congreso, y debían ser resueltos en votaciones en una sesión del Pleno, que, conforme al artículo 58 del Reglamento del Congreso, requieren superar la mitad del número legal de congresistas para su aprobación (66 congresistas).

Sin embargo, hoy por la tarde, estos pedidos dejaron de figurar en el expediente de la web del Congreso, como si nunca hubieran existido. Además, el Presidente del Congreso, Alejandro Soto, envió la autógrafa al despacho Presidencial ordenando su publicación y entrada en vigor, sin respetar los pedidos de reconsideración admitidos anteriormente.

Especialistas de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), señalaron en un informe legal, que la modificatoria de la  Ley Forestal promueve y legaliza la deforestación y degradación de los bosques, y pone en riesgo los medios de vida de las familias agricultoras en la Amazonía. Además, vulnera  los derechos de los pueblos indígenas y las comunidades locales.

Cabe resaltar que, el 4 de enero el congresista Edwin Martinez (Acción Popular) solicitó que continúe el trámite para la publicación de la norma que modifica la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, pasando por alto las reconsideraciones presentadas.

Sobre esto, la SPDA  advirtió que el Presidente del Congreso debía respetar los pedidos de reconsideración admitidos a trámite, y rechazar el pedido del congresista Martinez en garantía de los procedimientos del Congreso. 

Principales consecuencias:

Con la aprobación de la modificación de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre se generaría:

  • Vulneración del derecho a la consulta previa, libre e informada de los pueblos indígenas u originarios.
  • Legalización de la deforestación y degradación de los bosques. 
  • Afectación a los medios de vida de las familias agricultoras de la Amazonía.
  • Incumplimiento de los compromisos bilaterales e internacionales de Perú en la reducción de la deforestación y derechos humanos. 

¿Cuándo se aprobó la modificatoria de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre?

La noche del jueves 14 de diciembre, el Congreso de la República decidió aprobar -por insistencia- los proyectos de ley  649, 894  y 2315/2021-CR, que modifican la Ley 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre. Con 70 votos a favor, 35 en contra y 5 abstenciones, el Parlamento modificó el procedimiento de clasificación de las tierras por su capacidad de uso mayor (CTCUM), lo cual permitiría legalizar actividades agrarias sin el sustento técnico necesario.

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