Ley General de Pesca: Congreso debatirá modificaciones en favor de pescadores artesanales
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Foto: Walter H. Wust.

  • Cinco proyectos de ley unificados en el dictamen “Ley que reconoce la labor de los pescadores tradicionales ancestrales y artesanales e impulsa su preservación dentro de las cinco millas marítimas peruanas” han sido agendados para su debate y votación en el Pleno del Congreso este 29 de marzo. 
  • Este dictamen, que agrupa cinco proyectos de ley de diversas bancadas, actualizaría la ley 25977, Ley General de Pesca, elaborada y aprobada hace más de 30 años. 

El Congreso de la República ha priorizado en su agenda el debate del dictamen de la Comisión de Producción “Ley que reconoce la labor de los pescadores tradicionales ancestrales y artesanales e impulsa su preservación dentro de las cinco millas marítimas peruanas”, para este miércoles 29 de marzo. 

Ante la propuesta de cinco proyectos de ley con objetivos similares, la Comisión de Producción, que se encarga de proponer normativas relacionadas al sector pesquero, decidió unificarlas y presentar un solo dictamen que agrupe las iniciativas similares que presentaron diversas bancadas del Congreso. Los proyectos de ley unificados son 2236, 2413, 2887, 3232 y 3650. 

Cinco modificaciones que buscan la sostenibilidad de las pesquerías 

La Ley General de Pesca tiene una antigüedad de XX años, lo que en opinión de especialistas y organizaciones pesqueras incluye conceptos que no corresponden a las necesidades de la actividad pesquera actual. Según una encuesta de Ipsos, el 91% de los ciudadanos que viven en la costa peruana consideran que los recursos marinos están sobreexplotados. Además, el 93% cree que esto tiene un impacto negativo en la economía del país. En esa línea, los proyectos de ley incluyen actualizaciones y propuestas que podrían responder al contexto actual. 

Por un lado, se actualizaría la clasificación de la pesca artesanal y menor escala, y se crearía la categoría de “pesca tradicional ancestral”. Debido a que, hasta el momento, la Ley General de Pesca actual le da el mismo tratamiento jurídico a la pesca de menor escala, la pesca artesanal y a los pescadores reconocidos como tradicionales por el Ministerio de Cultura, este dictamen propone diferenciarlas, ya que no tienen el mismo poder de pesca. 

Además, se crearía el Registro Nacional de Pescadores Tradicionales Ancestrales y el Registro Nacional de Pescadores Artesanales, con el objetivo de que se puedan desarrollar políticas públicas. Y se propone un ordenamiento de las 5 primeras millas marinas, para generar incentivos para la pesca selectiva y promover una actividad más amigable con el ecosistema, ya que en zonas como estas existen hábitats esenciales que permiten la reproducción de especies costeras de importancia comercial y, a pesar de ello, actualmente permite la pesca con embarcaciones de menor escala o el uso de métodos de pesca agresivos, como las redes de cerco, incluso dentro de la primera milla. 

Por otro lado, se incorporaría la categoría de recurso “sobreexplotado” a fin de dar cuenta el estado real de algunas pesquerías y, con esta información, Produce podrá adoptar medidas urgentes para su adecuado manejo. En la Ley General de Pesca vigente solo se consideran cuatro categorías (inexplotado, subexplotado, plenamente explotado y en recuperación) y no la de “sobreexplotado”, como sí lo hacen países como Chile o México. De incluirse dicha categoría, se podrá tener registro de cuando la pesca ha sobrepasado la capacidad natural de recuperación de la población.  

Finalmente, se fortalecería la fiscalización pesquera mediante evasión de descuentos superiores al 40% en multas impuestas por haber cometido infracciones pesqueras. Esta propuesta surgió ante la publicación del Decreto Supremo 007-2022-PRODUCE, en mayo del 2022, donde el Poder Ejecutivo aprobó disminuir las multas impuestas por haber cometido infracciones pesqueras hasta en un 90%. 

Ese beneficio, conocido como “paquetazo pesquero”, aplica para las multas que a la fecha aún no se han pagado, incluso para aquellas multas que están en juicio. “Esto vulnera el principio de razonabilidad, que rige la potestad sancionadora del Estado, ya que las autoridades deben garantizar que la comisión de la infracción no resulte más ventajosa para el infractor que cumplir con la normativa”, alertó Percy Grandez, especialista legal de Gobernanza Marina de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA). 

Por ello, para que no vuelva a ocurrir alguna medida similar en el futuro, el dictamen propone que, teniendo en cuenta el principio de razonabilidad, el Produce no pueda establecer descuentos superiores al 40%. 



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