Actividades mineras que no cuenten con autorización del MEM serán consideradas ilegales y sometidas a interdicción

El último fin de semana, el Gobierno emitió el Decreto Legislativo 1100, el cual indica que las actividades mineras en nuestro país no podrán realizarse si no cuentan primero con la autorización del Ministerio de Energía y Minas (MEM), de lo contrario serán consideradas ilegales y sometidas a acciones de interdicción.

El decreto, que regula la interdicción de la Minería Ilegal ampliada a toda la República, busca “garantizar la salud de la población, la seguridad de las personas, la conservación del patrimonio natural y de los ecosistemas frágiles, la recaudación tributaria y el desarrollo de actividades económicas sostenibles”.

La norma prohíbe el uso de dragas y otros artefactos similares en todos los cursos de aguas, ríos, lagos, lagunas, cochas, espejos de agua, humedales y aguajales; asimismo prohíbe los bienes, maquinarias, equipos e insumos utilizados para desarrollo de minería ilegal, entre otros.

Al respecto, el abogado de la Sociedad Peruana de Derecho ambiental (SPDA), César Ipenza, indicó que “si bien esta prohibición estaba ya regulada en otra normas particulares para Madre de Dios y Puno, ahora se amplió a todo el país, por tanto pueden perfectamente ser decomisados o destruidos por la Policía y la DICAPI, en presencia de los fiscales”.

“Las acciones de interdicción -es decir, prohibir o vetar, y en la práctica incautar, decomisar y/o destruir cuando corresponda- se harán en presencia del Ministerio Público, en base a información facilitada por el Minem o los gobiernos regionales (GORE)”, agregó.

Ipenza también indicó que “se generará una suerte de presión para que OEFA supervise las obligaciones de los Gobiernos Regionales respecto a la fiscalización de la pequeña minería, artesanal e ilegal”.

“Cuando se supervise el cumplimiento de las obligaciones del GORE y se evidencie un incumplimiento, OEFA podrá comunicar a la Contraloría para que inicie las acciones de control pertinente y realizar coordinaciones con la Procuraduría Especializada en Delitos Ambientales a fin de iniciar las acciones legales pertinentes y denunciar a los funcionarios por inacción”, señaló el especialista.

El decreto también indica que se promoverá la participación de la empresa estatal Activos Mineros S.A.C. para remediar los pasivos ambientales mineros originados por la actividad minera ilegal. Para este efecto, se constituirá un Fondo de Remediación Ambiental a cargo de Activos Mineros S.A.C.

Ver además:
Quién es Quién en el Interdicción de la Minería Ilegal

Ver Decreto Legislativo 1100
DL 1100 Decreto Legislativo que regula la Interdicción de la Minería Ilegal en toda la República..



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7 comentarios · Dejar un comentario

  • segundo dijo:

    Estoy de acuerdo con Vladimir, es una pena q de un plumazo anulen todo lo avanzado en mineria artesanal y pequeña. Yo me atreveria a decir q son mas de S/. 15000.00, recuerden las publicaciones, los pagos al INC(certificar la inexistencia de monumentos arqueologicos), la DISCAMEC, la construcción de un polvorín cuando la mineria no es aluvial, etc