Decreto obliga a MTC excluir vías dentro de áreas protegidas y territorios indígenas

 

Hoy el Ejecutivo publicó el Decreto Supremo 005-2018-MTC, el cual establece disposiciones para que los proyectos de infraestructura vial respeten la normativa ambiental referida a la protección de las áreas naturales protegidas y los territorios habitados por pueblos indígenas en situación de aislamiento y contacto inicial (PIACI).

La norma también obliga al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) actualizar o modificar el Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC) para excluir a las vías que pasen por las áreas frágiles ya mencionadas.

[Revisa la opinión de la SPDA sobre este decreto]

Como se recuerda, en enero pasado el Congreso aprobó -sin la observación del Ejecutivo- la Ley 30723, la cual priorizaba la construcción de carreteras en zonas de frontera en la Amazonía de Ucayali. Esto generó el rechazo de asociaciones indígenas y ambientales debido a que dicha norma ponía en riesgo a varias áreas protegidas y a indígenas en aislamiento.

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La ministra del Ambiente, Elsa Galarza, señaló que este decreto, firmado por los ministerios de Transportes, Cultura y del Ambiente, define muy claramente que no se pueden crear vías dentro de algunos territorios porque afectarían a la biodiversidad y a los que habitan en ella.

“Hay normas ya establecidas respecto a lo que se puede y no se puede hacer en áreas naturales protegidas y reservas indígenas y territoriales. Lo que hace esta norma es definir muy claramente, es decir, no deja duda respecto a que cuando se programen a futuro carreteras estas tienen que tener una opinión de compatibilidad de uso del territorio por donde piensan pasar”, dijo Galarza en declaraciones para Radio Nacional.

“Ahora tanto gobiernos locales y regionales van a tener muy clara la norma para no permitir que se proyecten carreteras en estas áreas. Yo creo que con esta normativa lo que se hace el Gobierno es poner muy claro, y no sujeto a duda ni interpretaciones, una normativa que proteja a nuestras áreas”, concluyó.

Pueblos indígenas en aislamiento. Foto: Ministerio de Cultura

SPDA: La norma es importante pero hay retos pendientes

La Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), reconoció que la emisión de este decreto supremo es importante porque establece obligaciones claras a las entidades del Poder Ejecutivo y los gobiernos regionales y locales, respecto a la protección de áreas protegidas y territorios indígenas.

“Es un buen síntoma en relación con la línea de las políticas ambientales del sector transportes, si se toma en cuenta la renuencia del MTC a garantizar derechos indígenas en la habilitación de proyectos de conectividad en el pasado, como es el caso de la Hidrovía Amazónica, que solo pudo consultarse después de un mandato judicial”, explicó Carlos Trinidad, asesor legal de la SPDA.

Asimismo, resaltó que la norma es “es buen síntoma si se tiene en cuenta los otros proyectos de ley que se encuentran en la agenda parlamentaria y que buscan habilitar infraestructura vial en ANP o territorios indígenas. Es el caso, por ejemplo, del Proyecto de Ley 1893-2017 que de materializarse partiría en dos a la Reserva Comunal Amarakaeri”.

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Trinidad Alvarado mencionó además que existen retos pendientes en el sector transportes para garantizar la efectividad de los derechos de los pueblos indígenas. “No hay una referencia expresa a las salvaguardas que deberían contener los proyectos viales para asegurar los derechos de las comunidades nativas y campesinas, en especial para garantizar la efectividad del derecho a la consulta y/o el consentimiento previo, libre e informado en la habilitación de infraestructura vial”, detalló.

También consideró que faltan mejores mecanismos para garantizar los derechos de los PIACI con territorios no categorizados. “Utilizando el emblemático ejemplo de las ANP y las opiniones técnicas previas vinculantes del Sernanp, sería importante que el Ministerio de Cultura regule las opiniones vinculantes previas al otorgamiento de los derechos, títulos habilitantes o concesiones, tanto en reservas indígenas o territoriales, como en los territorios de PIACI no categorizados”, sostuvo.

“También hubiese sido importante que esta norma dé impulso a alternativas sostenibles de conectividad, como es el caso de la conectividad multimodal impulsada por la Ley 30574 que busca priorizar la conectividad Puerto Esperanza-Iñapari a través de la infraestructura vial y fluvial existente del Brasil”, concluyó.

Lee él análisis y la opinión de la SPDA sobre este decreto:

DS 005-2018-MTC – Opinión de La SPDA Sobre El Decreto Supremo Que Obliga Al MTC Respetar Áreas Protegidas y… by spdaactualidad on Scribd



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