Vendían boas vivas y otras especies silvestres en pleno mercado de Piura

miércoles

12 de octubre, 2016

intervienen-a-comerciante_piura

Comerciaban en el mercado de Piura 1 boa mantona adulta y 27 crías. Foto: Serfor.

A través de un operativo, la División de Medio Ambiente de la PNP de Piura y el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) intervinieron a un comerciante que ofrecía en el Mercado Modelo de Piura una boa mantona adulta (Boa constrictor constrictor) y 27 crías.

Además se decomisó tres boas, una tortuga, dos caracoles, un lagarto, un pacazo y un oso perezoso, todos disecados, que el mismo comerciante llevaba en una olla de aluminio.

La persona intervenida, Pedro Luis Larraín Bardales, no pudo demostrar la legalidad de los animales y fueron decomisados por representantes de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATTFS) Piura.

Esta medida está justificada en el reglamento para la gestión de fauna silvestre de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre (Nº 29763), donde se señala como infracciones muy graves cazar, poseer, adquirir, comercializar, exportar o transportar recursos de fauna silvestre sin la autorización de la autoridad competente.

000359807w

Vender un espécimen de fauna silvestre constituye una infracción catalogada como «muy grave» y la sanción de multa mayor puede ir de 10 hasta 5000 UIT. Foto: Andina.

La abogada del Programa Forestal de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), Ursula Arens, señaló que si bien la boa mantona no se encuentra en la lista de especies amenazadas de fauna silvestre ni en los apéndices CITES, la persona que las comercializaba sí habría cometido una infracción muy grave en tanto se trató de “ofrecer para la venta, vender (…) especímenes, productos y subproductos de fauna silvestre, sin contar con la autorización correspondiente (…)” (según el Art. 191.3.a del Reglamento de Gestión de Fauna Silvestre).

Agregó Arens que correspondería a los funcionarios de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre de Piura iniciar un procedimiento administrativo sancionador al presunto infractor. “Para dicha infracción corresponde la sanción de multa mayor a 10 hasta 5000 UIT por la comisión de infracción muy grave (Art. 193.2.c RGFS). De manera complementaria procede la incautación definitiva o decomiso de los animales, en tanto se trata de especímenes comercializados sin los documentos que acrediten su procedencia legal (Art. 194.1.b RGFS) y/o especímenes vivos de fauna silvestre en posesión ilegal (Art. 194.1.d RGFS)”, concluyó la abogada.

<Más información sobre tráfico de fauna silvestre en el Perú>

Suscríbete a nuestro boletín

Recibirás las noticias de Actualidad Ambiental  en tu buzón

Lee, descarga y comparte la segunda edición de la revista Actualidad Ambiental.

Noticias relacionadas

  • Nuevo libro reconstruye la historia de Lobitos y su relación con la pesca y el petróleo

  • Streamer que mató un gallinazo, podría recibir hasta 5 años de prisión y una multa de S/ 27.5 millones

  • Relatores especiales de Naciones Unidas expresaron su “gran preocupación” por facultades legislativas

  • Madera recuperada del tráfico ilegal se convertirá en sillas y carpetas de colegio de Cusco

  • Arte y conexión con la naturaleza: docentes y estudiantes de Loreto exploran nuevas formas de aprendizaje

  • Más de 30 jóvenes de todo el Perú inician formación para impulsar la democracia ambiental en sus territorios

  • Perú establece nuevas reglas para la interacción y observación responsable de la fauna silvestre marina

  • Ica: plantan más de 200 huarangos en Parcona para impulsar la forestación urbana

  • De enero a agosto: 69 monos fueron rescatados de viviendas donde vivían como mascotas en Lima