Aprueban lineamientos para ampliar vigencia de contratos de concesión forestal y de fauna silvestre

Foto: Serfor

  • El documento detalla las consideraciones generales para la ampliación de los contratos y las condiciones necesarias.
  • Esta aprobación contó con la participación de los diversos actores del sector forestal a nivel público y privado, destacando los comentarios y sugerencias remitidas desde las autoridades regionales forestales y de fauna silvestre, Osinfor, productores forestales, entre otros.

 

El Servicio Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor), a través de la Resolución de Dirección Ejecutiva D000175-2022-MIDAGRI-SERFOR-DE, aprobó los “Lineamientos para la ampliación de la vigencia de los contratos de concesión forestal y de los contratos de concesión de fauna silvestre”, una propuesta que fue anticipada en el mes de abril. 

El objetivo de la norma es promover el manejo sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre en las áreas concesionadas. En estas zonas se pueden aprovechar los recursos forestales maderables, no maderables y de fauna silvestre, así como los servicios del ecosistema. 

Marco Enciso, director general de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre del Serfor, explica que la ampliación de la concesión necesita cumplir con ciertos parámetros. 

“Para que sea otorgada, el Estado tiene que asegurar que el concesionario está teniendo un buen desempeño en el manejo de su área y en el cumplimiento de sus obligaciones legales y contractuales, lo cual tiene que ver con las condiciones para otorgar la ampliación. Así, la ampliación se constituye en un premio al buen desempeño, verificado de manera periódica por los actores que la norma establece”, señaló.

De esta manera, los concesionarios son alentados a mantener los  bienes y servicios sostenibles que ofrece el bosque, a través del trabajo realizado en su título habilitante.

“Así, si una concesión forestal firmó su contrato el 2016, este contrato tiene vigencia hasta el 2056. Pero, si habiendo transcurrido los primeros cinco años de su concesión, aplica este mecanismo el 2022, podría tener una ampliación por cinco años, es decir, hasta el 2061. Y así de manera sucesiva, de modo que siempre tiene un horizonte de 40 años hacia adelante”, agregó.

Jean Pierre Araujo Meloni, director de la Iniciativa de Justicia Ambiental de la SPDA, detalla que los lineamientos permitirán implementar uno de los incentivos directos a aquellos titulares de concesiones forestales y de fauna silvestre que hayan acreditado resultados positivos en el manejo de los recursos bajo su responsabilidad, mediante un informe de auditoría quinquenal aprobatorio emitido por el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (Osinfor), o a través de una certificación vigente.

“La validación de los citados documentos permitirá que las autoridades regionales forestales y de fauna silvestre, aprueben la ampliación de la vigencia de los contratos de concesión por cinco años, tal y como lo establecen los Reglamentos para la Gestión Forestal (Art. 202º), el Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre (Art. 186º), y el Reglamento para la Gestión de Plantaciones Forestales y Sistemas Agroforestales (Art. 104º)”, explicó el especialista.

Por otro lado, esto otorga seguridad jurídica a los titulares de las concesiones, respecto a los requisitos y condiciones que deben cumplir para acceder a la ampliación de sus contratos.

“La ampliación de la vigencia de las concesiones, otorga mayor seguridad jurídica a aquellos titulares que han venido demostrando un buen manejo forestal y de fauna silvestre, permitiendo que sus contratos cuenten con la posibilidad de ampliar periódicamente el plazo de vigencia de sus contratos, y ello les permita apostar por continuar invirtiendo por un uso sostenible de nuestros recursos naturales”, añadió. 

Datos:

  • Estos lineamientos fueron elaborados bajo el liderazgo de Serfor, con apoyo del programa Forest de USAID y el Servicio Forestal de los Estados Unidos y el soporte técnico de la SPDA.
  • La norma es de aplicación nacional y de cumplimiento obligatorio para el Serfor,  las Autoridades Regionales Forestales y de Fauna Silvestre (ARFFS), el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (Osinfor), y los titulares de concesiones forestales y de concesiones de fauna silvestre.


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