Mincul: Modificación de Ley de Hidrocarburos restringiría acceso a la consulta previa

Foto: Andina

A través de un oficio enviado a la Comisión de Energía y Minas del Congreso, el Ministerio de Cultura (Mincul) recomendó modificar algunos artículos del proyecto de ley que pretende modificar la Ley Orgánica de Hidrocarburos, con el fin de no limitar sus competencias en temas relacionados a pueblos indígenas.

Como se recuerda, el proyecto de ley fue criticado por especialistas porque su aprobación debilitaría al Ministerio del Ambiente (Minam), además porque pasó de la Comisión de Energía directamente al Pleno del Congreso pese a que se había previsto debatirse en las comisiones de Pueblos y Economía.

Según el ministerio, el artículo 4 de la nueva ley propuesta (que señala: “Las normas y dispositivos reglamentarios que dicten otros sectores que tengan relación las actividades de hidrocarburos, deberán contar con la opinión favorable del Ministerio de Energía y Minas”) incidiría en las competencias funcionales del Mincul y afectaría la aprobación de normas o disposiciones en relación a los derechos de los pueblos indígenas, específicamente a los que viven en situación de aislamiento o contacto inicial, sobre todo en el proceso de categorización de reservas indígenas.

Otro de los artículos observados es el número 6, literal n, el cual “implicaría una modificación al artículo 5 de la Ley de Consulta Previa, el cual establece que los titulares del derecho a la consulta son los pueblos indígenas u originarios cuyos derechos colectivos pueden verse afectados de forma directa por una medida legislativa o administrativa; mientras que la propuesta del dictamen establece que los titulares del derecho a la consulta previa son los pueblos indígenas presentes en las áreas de influencia de los proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos”.

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Para el Mincul, este artículo “restringiría el acceso a la consulta previa, que constituye el contenido constitucionalmente protegido de dicho derecho, al acotar el sujeto a consultar —los pueblos indígenas u originarios— a aquellos presentes en las áreas de influencia de los proyectos y no a aquellos que podrían verse afectados en sus derechos colectivos”.

Respecto a la ampliación de plazos de exploración y explotación, el Mincul señala que en caso se “realicen en tierras o territorios de pueblos indígenas u originarios, la extensión del plazo podría generar una afectación directa en la situación jurídica del derecho a la tierra y territorio de dichos pueblos”.

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Nueva ley debe respetar normativa internacional

Carlos Trinidad, asesor legal de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), resalta la importancia de las observaciones que hace el Mincul porque “reconoce la necesidad de efectivizar el derecho a la consulta previa de las medidas legislativas”.

Según el especialista, en este análisis el Mincul “también propone que el articulado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos sea congruente con la normativa internacional y nacional que no limitan el ejercicio del derecho a la consulta previa a las áreas de influencia de un proyecto específico, sino que establecen que la consulta deba aplicarse cuando hay medidas susceptibles de afectar directamente a los pueblos indígenas”.

Finalmente destacó que el Mincul “reconoce que el denominado ‘derecho de tránsito’ a favor de los contratistas, dentro y fuera del lote, tiene relación directa con el derecho al territorio indígena. Esta aseveración del Mincul, en el fondo, constituye un llamado para que el Congreso realice un proceso de consulta previa legislativa de esta propuesta de ley”.

Lee el oficio del Mincul enviado a la Comisión de Energía y Minas:

Opinión del Ministerio de Cultura sobre la propuesta de la nueva Ley de Hidrocarburos by spdaactualidad on Scribd



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