Proponen que las “áreas de conservación privada” se denominen “áreas de conservación voluntaria”

Foto: Conservamos por Naturaleza

  • Con el objetivo de fomentar la conservación voluntaria, el proyecto de ley también plantea que se reconozca el Día de la Conservación Voluntaria en Perú.
  • La Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) propone reforzar el proyecto mediante incentivos tributarios que contribuyan a la creación y sostenibilidad financiera de estos espacios de conservación.

[Lee la opinión legal de la SPDA aquí]

 

El congresista Arturo Alegría (Fuerza Popular) presentó el Proyecto de Ley 6474/2023-CR, el cual busca promover la creación y mantenimiento de las áreas de conservación privada (ACP), zonas donde los dueños de terrenos se comprometen voluntariamente a conservar el ecosistema natural.

La propuesta del legislador propone que las ACP pasen a llamarse “áreas de conservación voluntaria”. Además, plantea que se reconozca el Día de la Conservación Voluntaria en Perú.

Al respecto, la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) emitió una opinión legal sobre el proyecto para aportar al proceso de revisión normativa que realiza el Congreso. Si bien la SPDA resalta que el cambio de denominación de área de conservación “privada” a “voluntaria” contribuye a visibilizar la participación de la sociedad civil en la conservación ambiental y entender mejor el propósito de estas áreas, sugiere reforzar el proyecto a través de un régimen tributario que fomente la creación y gestión sostenible de las ACP.

Actualmente, menos del 44 % de las ACP están exentas del impuesto predial, y alrededor del 20 % no pueden acceder a ningún incentivo económico. La falta de un marco legal que garantice beneficios económicos, sociales y ambientales para los propietarios de las ACP en nuestro país limita su promoción.

Debido a ello, la financiación de la conservación privada en Perú depende en gran medida de los recursos del presupuesto nacional y de fondos internacionales.

Ante este contexto, la SPDA propone la exoneración o reducción del impuesto predial para las ACP, una estrategia utilizada en otros países latinoamericanos como Brasil, Colombia y Ecuador. El objetivo es reducir los costos operativos significativos que representa este impuesto para las ACP, y que puedan dedicar mayores recursos a sus actividades y metas de conservación.

Incentivos para la conservación

La propuesta de exoneración del impuesto predial para estas áreas va acorde a la Ley General del Ambiente, que promueve conductas ambientalmente responsables y la conservación, aprovechamiento sostenible y recuperación de los recursos naturales.

“Esta propuesta se justifica en el aporte que realizan los titulares de las ACP a la conservación de la biodiversidad y la provisión de bienes y servicios que dependen de nuestros ecosistemas naturales”, señala Jean Pierre Araujo, coordinador jurídico de Conservamos por Naturaleza de la SPDA.

“Los incentivos tributarios promueven conductas que aseguran la provisión de servicios ecosistémicos necesarios para la provisión de agua, la fijación de suelos y la prevención de desastres naturales”, añade.

Datos:

  • Actualmente, el Perú cuenta con 138 ACP, y estas conservan casi 400 mil hectáreas de áreas naturales. Sin embargo, entre 2022 y 2023, alrededor del 15 % de las ACP perdieron vigencia debido a la falta de incentivos para su renovación, según información de Sernanp.
  • Actualmente, existen dos regímenes de incentivos tributarios para esta modalidad de conservación. Uno de ellos es la Ley 27037, Ley de Promoción de Inversión en la Amazonía. Sin embargo, este beneficio tiene limitaciones: solo se aplica a ciertas áreas, la deducción no es significativa y depende de la aprobación de las municipalidades.


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