24 países se reúnen para lograr estándares regionales de justicia ambiental

 * Países de América Latina y el Caribe discuten la adopción del Acuerdo Regional de Principio 10

 

Desde este el 27 de noviembre al 1 de diciembre, delegaciones de 24 países de América Latina y el Caribe se reúnen en Santiago de Chile para discutir y negociar la adopción de Acuerdo Regional para el Principio 10 de la Declaración de Río sobre los derechos de acceso a la información, participación ciudadana y justicia en asuntos ambientales.

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Desde la última ronda de negociación en agosto de este año, la sociedad civil y algunos países de la región expresaron su gran preocupación por el rumbo que estaban tomando las negociaciones respecto de establecer estándares más robustos y sólidos que sean suficientes para asegurar una efectiva aplicación de los derechos de acceso por parte de los ciudadanos.

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En esta octava reunión de negociación, las expectativas del público giraban en torno a que las delegaciones de los países pusieran su máximo esfuerzo para lograr un Acuerdo Regional efectivo que desarrolle compromisos expresos que garanticen la aplicación de los derechos de acceso en materia ambiental.

El objetivo es mejorar los procesos, mecanismos e institucionalidad para asegurar la defensa de los derechos ambientales en los países. Con ello se busca tener gobiernos más transparentes, abiertos, con mejores niveles de democracia ambiental y con mayores herramientas de protección para las personas que defienden el ambiente y los recursos naturales.

Este llamado a una mayor voluntad política por parte de los países, ha sido respaldada por expertos de la Organización de Naciones Unidas, quienes urgieron a los gobiernos a adoptar un acuerdo firme sobre derechos ambientales.

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La negociación

La octava reunión de negociación inició esta semana con el debate sobre el Artículo 9º referido al Derecho de Acceso a la Justicia ambiental, el cual está orientado a garantizar el acceso a mecanismos de justicia cuando el derecho a contar con un medio ambiente seguro se vea vulnerado real o potencialmente. Para hablar de acceso a la justicia ambiental se debe garantizar como mínimo:

  • Que sea de fácil acceso y que no tenga obstrucciones al momento de solicitar tutela jurisdiccional o administrativa. Por ejemplo, se deben evitar elevados costos procesales.
  • Que los procedimientos jurisdiccionales o administrativos, sean efectivos, oportunos, transparentes e imparciales para asegurar la restitución del derecho vulnerado.
  • Que las decisiones judiciales o administrativas sean de fácil ejecución y de público conocimiento.

Los principales puntos de discusión respecto a este derecho fueron entorno a las acciones de las partes para garantizar el derecho de acceso de acceso a la justicia. Específicamente, los delegados de países como México y Colombia centraron el debate sobre la disposición de contar con legitimación activa amplia en defensa del medio ambiente y si debería estar o no sujeta a la legislación nacional de cada país.

Al respecto, es importante tener en cuenta que la legitimación de los sujetos que pueden acceder a la justicia ambiental sí debe ser considerada en la redacción de este Acuerdo en medida que el medio ambiente constituye un interés difuso por lo que es interés de todas las personas velar con su protección. De igual manera, la referencia a que esta legitimación sea contextualizada en la legislación nacional de cada país, constituye una limitación en la aplicación del derecho, en tanto existen países que no cuentan con una regulación expresa sobre ello o si el marco legislativo se modifique de tal manera.

Daños ambientales

La reunión contó con la participación de la experta Silvia Capelli, quien señaló la importancia de contar con mecanismos de reparación, restauración y restitución para atender el daño ambiental consumado ante la imposibilidad de revertirlo, así como incluir la necesidad de contar con medidas cautelares y previsionales para evitar o mitigar el daño ambiental.

Según el Programa de Política y Gobernanza Ambiental de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), en el contexto peruano, los mecanismos de acceso a la justicia en materia ambiental deben ser fortalecidos teniendo en cuenta los escenarios de depredación de nuestros recursos naturales por las actividades ilegales de minería, tala, entre otros, así como los distintos casos de impunidad por los que han afectado no sólo al ambiente sino también a la salud de las poblaciones.

“El Estado peruano ha dado un primer paso para atender las necesidades de las autoridades administradoras de justicia en materia ambiental mediante la suscripción del ‘Pacto de Madre de Dios por la Justicia Ambiental en el Perú’, suscrito por el Poder Judicial, la Fiscalía de la Nación, Defensoría del Pueblo, Ministerio de Energía y Minas, Ministerio de Agricultura y Riego, el Congreso e instituciones como la Pontificia Universidad Católica del Perú, la SPDA, entre otros”, agregó la organización.

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“Como organización, acompañaremos al proceso de cumplimiento a la implementación de los compromisos contenidos en el Pacto para lograr el fortalecimiento de la institucionalidad ambiental y la eficacia de la legislación ambiental. Asimismo, instamos a nuestras autoridades a luchar por la construcción de un derecho de acceso a la justicia ambiental que sea especializado, eficiente y cumpla con salvaguardar y garantizar los derechos ambientales y conexos a este”, concluyó la SPDA.

 



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