Principio 10: Países latinos discuten sobre restricciones de acceso a información ambiental

* Desde el lunes, 24 países se reúnen en Buenos Aires (Argentina) en la Sétima reunión de negociación del Acuerdo Regional en América Latina y el Caribe sobre los derechos de acceso del Principio 10 de la Declaración de Río.

* El objetivo es retomar el proceso de elaboración de un instrumento que asegure y garantice el ejercicio de los derechos de acceso a la información, participación y justicia en asuntos ambientales.

 

El tercer día de negociación sobre el Acuerdo inició con la discusión sobre artículos vinculados al derecho de acceso a la información ambiental. Específicamente, en las excepciones para el ejercicio de este derecho y establece los supuestos en los que no podrán aplicarse dichas excepciones.

El régimen de excepción al ejercicio pleno del derecho de acceso a la información

En el texto propuesto se establecen supuestos donde los Estados podrán negar el acceso a la información pública ambiental por suponer que vulnera otros derechos como la defensa nacional y el derecho a la privacidad o intimidad de las personas. Estos supuestos podrían ser aplicados en caso un país no cuente con un régimen de excepciones en su marco legislativo nacional, de lo contrario si ya cuenta con uno y resulta ser más favorable para el acceso de la información, se aplicará dicho régimen.

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Al concluir el debate de este texto, las delegaciones de los países optaron por convenir un listado de supuestos que permiten aún más posibilidades para que los Estados opten por las restricciones ante la solicitud de acceso a la información. Esto significa un posible retroceso y peligro en el marco normativo ambiental de los países que aún no cuentan con regulación específica de las excepciones para la solicitud de información ambiental.

Supuestos de no aplicación del régimen de excepción

Sobre este punto se estableció durante el debate que cuando la solicitud de acceso a la información pueda encontrarse en uno de los supuestos del régimen de excepción para acceder a la información ambiental, se podrá divulgar la información siempre y cuando se vele por el respeto de los datos personales. Este punto fue convenido sin brindar mayor claridad cuáles serán los supuestos en los que no se hará válida la excepción, por lo que deja a discrecionalidad de cada país al momento de regular esta disposición.

Ambos puntos comentados anteriormente, constituyen un factor importante para determinar el nivel del estándar del derecho de acceso a la información ambiental que regirán en los países de América Latina y el Caribe. Establecer una lista ampliada de supuestos en los que el derecho de acceso podría ser restringido y los Estados podrían denegar información ambiental puede llegar a desnaturalizar el contenido esencial de este derecho clave para la democracia ambiental y transparencia de la gestión pública.

El resultado de estas decisiones por parte de las delegaciones de países ocasionó tensiones y desacuerdos entre los actores participantes de la negociación. Así, los miembros de la sociedad civil que actúan como representantes del público han compartido con los delegados representantes de los países y la presidencia de la reunión, una declaración expresando su frustración y decepción.

<<Lee y descarga la declaración aquí>>

Finalmente, es importante recordar que el Perú ha creado recientemente la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo objetivo es proponer políticas y aprobar lineamientos para promover mayor transparencia y difusión de información.

La SPDA, por su parte, anunció que participa en la reunión desde la parte civil y que sigue creando y liderando inciativas como Alerta Ambiental, Alerta Ambiental Normativa, el Consultorio Jurídico, que contribuyen a la creación de espacios abiertos al público para informarse sobre la toma de decisiones en asuntos ambientales.

“Respaldamos ampliamente la mejora de los estándares de los derechos de acceso en cuestiones ambientales y por lo tanto, creemos firmemente que no se deberían dar retrocesos en el marco normativo nacional ni en otros países de la región para la aplicación plena del derecho de acceso a la información”, resalto la organización.



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