¿Cómo se regula el tránsito de scooters eléctricos en otros países?

Fuente: Andina/Difusión

La reciente publicación de la ordenanza emitida por la Municipalidad de Miraflores para regular el tránsito de scooters generó críticas y cuestionamientos sobre su efectividad. De acuerdo al Banco Mundial, la creciente demanda de este transporte alternativo es una tendencia global, por lo que es necesario conocer cómo se está regulando este tipo de movilidad en otros países.

  1. Francia

El gobierno francés implementó desde este año la “nueva categoría de vehículo en el código vial” para scooters eléctricos y otros dispositivos de desplazamiento personal similares. Esta se medida se da luego de la creciente demanda que del 2017 al 2018 aumentó un 129% , siendo el precio promedio de 490 euros. Entre sus principales medidas está la limitación a 25 kilómetros por hora de la velocidad máxima de los “patinetes eléctricos” y otros dispositivos similares de movilidad personal. Asimismo, se ha prohibido su uso a menores de 8 años y hasta los 12 años se exige el uso de cascos. Para ordenar el problema de los estacionamientos de los dispositivos se aplicarán multas que van desde los 35 euros, por no respetar las reglas de circulación, hasta los 135 euros si se circula por una acera no autorizada. Finalmente, conducir a más de 25 km/h conllevará a una sanción de 1500 euros.

  1. México DF (México)

El 26 de marzo de este año se publicó los Lineamientos para la Operación de los Sistemas de Transporte Individual Sustentable de la Ciudad de México. Entre las medidas está la delimitación del servicio de alquiler del uso de las bicicletas y scooters eléctricos, el cual va desde las 5:00 a.m. y las 00:30 horas del día. Asimismo, señala que la velocidad máxima será de 25 km/h, además de contar con todos los implementos de seguridad e incluir GPS.  El documento también designa las áreas de funcionamiento o de mantenimiento de las unidades y delimita las obligaciones de las empresas que los alquilan en áreas como la capacitación, sanción, pólizas de seguros, marcas y patrocinios. Según el reglamento, estos vehículos están prohibidos de estacionarse en acceso y paso de vehículos y peatones, como acceso a predios, edificios y transporte público, cruces y rampas, lugares de estacionamiento, áreas verdes y culturales.

  1. Buenos Aires (Argentina)

La Comisión de Transporte y Tránsito de la Legislatura está elaborando el borrador de un proyecto para las más de 15 millones personas que viven en la ciudad. El documento buscará fijar la velocidad máxima de hasta 25 km/h, y su uso estará prohibido a menores de 16 años. Asimismo, estará prohibido hacer uno de las bicicletas y los scooters eléctricos conducidos con más de una persona. Entre las medidas de seguridad está incluir frenos en ambas ruedas y elementos reflectantes tanto en la parte frontal y posterior del vehículo. Queda en debate si estos vehículos pueden transitar solo en ciclovías o también por veredas.

  1. Lisboa (Portugal)

El municipio creó una regulación dedicada a brindar una solución a la movilidad y tanto el Comando Metropolitano y la Empresa Municipal de Movilidad y Aparcamiento Lisboa han organizado varias campañas de sensibilización para el uso correcto de los vehículos, como el uso del casco (una medida que no es obligatoria según el código de la carretera). Por otra parte, las motos o los scooters mal estacionados serán confiscados y las personas que transiten en lugares inapropiados serán multados con 30 euros. Actualmente, existen cinco empresas que comparten el mercado de los scooters eléctricos y otras 15 están por ingresar.

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  1. Madrid (España)

Esta tendencia también llegó a España, es por eso que a inicios de octubre del 2018, el municipio de la ciudad aprobó una ordenanza de movilidad sostenible que incluía la regulación al tránsito de los vehículos de movilidad personal. Los scooters eléctricos solo pueden circular por las calles con un máximo de velocidad de 30 km/h. Asimismo, está prohibido que menores de 15 años manejen estos vehículos, así como portar auriculares y manejar bajos los efectos del alcohol. Con respecto a su vía de circulación, estos vehículos pueden transitar por ciclovías, mas no por las veredas exclusivas para los peatones o los carriles de bus. Entre sus medidas de seguridad está el portar con un seguro de responsabilidad civil obligatoria.



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