OEFA podría perder el 74% de su presupuesto debido a demandas de empresas mineras

Foto: OEFA

  • Tribunal Constitucional determinará si aporte por regulación que realizan las mineras al organismo de fiscalización ambiental es ilegal o no.
  • Si se determina que el aporte es ilegal, OEFA no solo perderá fuente importante de ingresos sino también tendrá que devolver 696 millones de soles a empresas mineras.

 

Desde el 2014, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) libra una batalla legal contra un grupo de empresas mineras que se oponen a seguir pagando el Aporte por Regulación (APR), una contribución obligatoria que realizan los sectores energía y minería a dicha institución.

El APR que representa hasta el 74% del presupuesto total del OEFA, es usado para financiar de manera directa las actividades de supervisión y fiscalización ambiental de los sectores bajo su ámbito. Sin embargo, algunas empresas mineras consideran ilegal dicho cobro y han interpuesto demandas ante el Poder Judicial, Indecopi y el Tribunal Constitucional.

Si bien hasta el momento los fallos han sido favorables al OEFA, queda pendiente la resolución del Tribunal Constitucional ante 12 acciones de amparo que han presentado diversas mineras, de las cuales 2 estarían prontas a resolver: las correspondientes a Perubar y Cerro Verde. Si el TC falla a favor de dichas empresas, OEFA no solo perdería esta fuente importante de ingresos sino tendría que devolver 696 millones de soles.

En conferencia de prensa, la presidenta del OEFA, Tessy Torres, señaló que si el fallo se da a favor de las empresas, el organismo disminuirá drásticamente su capacidad de fiscalización ambiental y sus intervenciones en casos de emergencia. Con ello se pondría en riesgo la viabilidad de los proyectos de calidad ambiental y la salud de las personas.

Cabe destacar que la Defensoría del Pueblo, en el 2017, advirtió que si el fallo se da a favor de las mineras, se produciría un grave debilitamiento a la fiscalización ambiental en el país.

En ese sentido, hizo “un llamado a la responsabilidad, evitando debilitar la fiscalización ambiental en nuestro país, y asegurar con ello que los derechos de las empresas no pongan en riesgo el derecho de la población a gozar de un medio ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida”.

Por su parte, Carol Mora, abogada del Programa de Política y Gestión Ambiental de la SPDA señaló que una decisión en contra del OEFA generaría un grave precedente porque se pondría en riesgo la sostenibilidad financiera del organismo y, por ende, la fiscalización ambiental.

“La fiscalización ambiental es una de las herramientas de gestión más importantes del sector ambiente, y del Estado en general, porque permite –a través de medidas de prevención y control– anteponerse a la ocurrencia de daños y perjuicios ambientales que afecten de manera negativa el entorno y la salud de las personas; así como ordenar su corrección en los casos donde la afectación ya se generó”, señaló la abogada.

“Sin una fiscalización ambiental eficiente, el círculo de la gobernanza ambiental quedaría incompleto e inútil porque no sería suficiente tener un buen EIA presentado y aprobado, y un proyecto bien diseñado sino existen medidas de seguimiento y control, desde el propio Estado, que aseguren que los compromisos ambientales se cumplan”, agregó.

 

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