Corte IDH podría ordenar cese de actividades extractivas para proteger a indígenas en aislamiento
- La Federación Nativa del Río Madre de Dios y Afluentes (Fenamad) y EarthRights International (ERI) evidenciaron ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que el Estado peruano no cumple con sus obligaciones de proteger a los mashco piro frente a las actividades que invaden los territorios ancestrales.
viernes
25 de septiembre, 2026

Foto: FZS Perú
Hoy, 25 de setiembre, concluyó la audiencia pública por el caso “Pueblo Indígena Mashco Piro vs. Perú”, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en la ciudad de Montevideo (Uruguay).
Como se recuerda, este proceso evalúa la responsabilidad del Estado peruano por no proteger el territorio ancestral de los mashco piro frente a las actividades extractivas que ponen en riesgo la vida de esta población indígena que figura entre las más vulnerables del país.
Durante las sesiones, las organizaciones representantes de las víctimas detallaron cómo el Estado peruano ha incumplido su obligación de garantizar el principio de no contacto y la intangibilidad del territorio ancestral. Señalaron que Perú ha permitido la presencia de actividades extractivas y la invasión de terceros en este territorio, agravando las condiciones que amenazan su existencia.
Asimismo, recordaron que desde 1999 se presentaron pruebas que registraban el área donde se desplazan los integrantes de este pueblo indígena; sin embargo, el Estado solo consideró el 34 % del área propuesta al momento de crear Reserva Territorial de Madre de Dios, en el 2002.
“Esta falta de protección estatal ha permitido que dentro de la reserva territorial Madre de Dios se desarrollen diversas actividades económicas que impactan a los pueblos indígenas del caso, entre ellas proyectos madereros, mineros, de infraestructura que han contado con concesiones y avales estatales, así como actividades de tala ilegal”, señaló al respecto la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
En la audiencia, representantes de la Federación Nativa del río Madre de Dios y Afluentes (Fenamad) resaltaron que la organización lleva más de dos décadas implementado sistemas de patrullaje y redes de alerta temprana para proteger a este pueblo, y exigieron un Estado presente, que cumpla con su obligación de proteger estos territorios, y trabaje de la mano con las comunidades para salvaguardar la vida y la convivencia pacífica de todos los pueblos que comparten este territorio ancestral.

Foto: EarthRights
Juliana Bravo, directora de la oficina de Latinoamérica de EarthRights y abogada del caso, explicó que “tratar de compatibilizar la vida de estos pueblos [como lo hace el Estado peruano] con proyectos e intereses económicos, violan los estándares internacionales en materia de protección de los pueblos indígenas en aislamiento favoreciendo la habilitación de proyectos extractivos”.
La especialista también se refirió al pedido de facultades legislativas que solicitó el actual Gobierno ante el Congreso, y afirmó que estas permitirían la “certificación express de proyectos en las áreas naturales protegidas y reservas indígenas”, lo cual también amenazaría el territorio de los Mashco Piro.
Para EarthRights, la protección del pueblo mashco piro significa reconocer que existen territorios y pueblos indígenas cuyos derechos requieren de medidas de protección especiales, que están siendo severamente afectados por la devastación ambiental de la Amazonía poniendo en riesgo su existencia.
“Proteger el territorio resulta indispensable no solo para su supervivencia, sino también para salvaguardar la integridad ecológica de los ecosistemas de mayor biodiversidad en el mundo”, agregó la organización.

Foto: EarthRights
¿Qué solicitan ante la Corte IDH?
Los representantes de las víctimas solicitan, proteger el territorio de ocupación ancestral del pueblo mashco piro, garantizado su intangibilidad y el principio de no contacto; concluir el proceso de categorización de la Reserva Territorial Madre de Dios a Reserva Indígena, iniciado en 2014; e implementar cordones de protección alrededor del área delimitada como territorio mashco piro que garanticen de manera afectiva el principio de no contacto, el derecho a la salud y la coexistencia pacífica y el bienestar de los pueblos indígenas que comparten territorios.
Asimismo, piden reconocer y adoptar el sistema de protección comunitaria para pueblos en aislamiento implementado por Fenamad y sus comunidades, así como coordinar su implementación con la organización; y, finalmente, cancelar todos los proyectos extractivos a gran escala, en cualquier etapa, en el territorio de ocupación ancestral del pueblo mashco piro.
Tras las audiencias, EarthRights informó que la Corte IDH analizará las pruebas, testimonios y argumentos aportados por las partes, antes de dar una deliberación final, aunque aclaró que esta respuesta puede tardar meses e incluso más de un año, ya que no hay un tiempo estipulado como tal para dar sentencia.



