Defensoría invocó a Sunass postergar cobro de recibos de agua y garantizar el servicio

Foto: Andina

  • El agua potable es indispensable y nos permite cumplir con las medidas de higiene recomendadas para evitar el contagio del coronavirus (COVID-19).

 

Ante el Estado de Emergencia que vive nuestro país debido a la propagación del coronavirus (COIVD-19) y al evidente impacto económico de las familias, la Defensoría del Pueblo recomendó a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) a suspender el cobro de recibos y a garantizar la continuidad del servicio de agua potable a nivel nacional.

Como se recuerda, el agua potable, además de ser un servicio indispensable para todos los hogares, es uno de los elementos de mayor importancia para cumplir con las medidas de higiene recomendadas con el fin de prevenir el contagio de la enfermedad que ya contagió a más de 1300 personas en el Perú.

“A la fecha algunas empresas de saneamiento han anunciado que suspenderán el cobro de la facturación correspondiente al mes de abril a fin de aliviar las cargas económicas de la población. No obstante, la Defensoría del Pueblo advierte que esta suspensión debe comprender también la facturación de marzo, por cuanto el periodo de aislamiento social se aplica desde el 16 de este mes”, explicó la Defensoría en un comunicado.

[Ver además ► Pese a emergencia por coronavirus: 3.4 millones no tiene acceso a agua potable]

Según el organismo, estas disposiciones permitirán a Sunass “cumplir con su función supervisora de las empresas de saneamiento y de esta manera garantizar la prestación de los servicios de agua y alcantarillado durante el periodo de emergencia, con la finalidad de brindar la tranquilidad necesaria a las familias respecto a su derecho al agua en tiempos de emergencia sanitaria”.

Finalmente, la Defensoría exhortó a Sunass normar, en coordinación con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, las disposiciones para establecer que los cobros se realicen después de culminada la emergencia, la exoneración de la aplicación de intereses, moras o cualquier otro concepto de pago adicional a dichos recibos, condiciones que beneficiarán a las personas en el proceso de recuperación económica posterior.

“La Defensoría del Pueblo permanecerá atenta a las disposiciones que adopte la Sunass con la finalidad de garantizar una prestación del servicio de agua de calidad así como una facturación oportuna, teniendo en cuenta el momento de emergencia que atraviesa el país y la necesidad de contar con agua para cumplir con las medidas sanitarias exigidas”, concluyó el organismo.



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