(Informe en PDF) ¿En qué consiste el decreto supremo 032-2013-MEM relacionado a la formalización de la minería?

martes

3 de septiembre, 2013

minería_thomas
La Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) publicó un informe legal sobre el decreto supremo 032-2013-MEM relacionado al proceso de formalización de la pequeña minería y minería artesanal en el Perú. A través de preguntas y respuestas, el documento explica los puntos más importantes de dicha norma.

—–>Descargar el informe en PDF<——

Según la directora del Programa de Ciudadanía y Asuntos Socioambientales de la SPDA, “la idea es que este informe sea fácil de entender y se convierta en una guía para todos los que deseen entender la medida que ha tomado el gobierno respecto al tema de formalización minera”.

El informe señala que si bien el plazo para finalizar el proceso de formalización no se ha modificado (vence el 14 de abril de 2014, como lo establece el decreto legislativo 1105), sí se han ampliado los plazos intermedios, como el que se dio para presentar el Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo (IGAC).

Cabe resaltar que el decreto supremo solo se aplica a los mineros que iniciaron el procedimiento de formalización (los que presentaron Declaración de Compromiso hasta el 3 de diciembre de 2012).

La norma también indica que el Ministerio de Energía y Minas (MEM) puede cancelar aquellas declaraciones de compromiso que fueron inscritas contraviniendo la normativa vigente. Por ejemplo, cuando el minero no cumple con las características para ser considerado pequeño o artesanal (por la extensión de sus concesiones, el volumen de extracción, u otros), o haya iniciado operaciones de forma posterior a la dación de los decretos legislativos.

Finalmente, resalta que no se han suspendido las acciones de interdicción contra la minería ilegal.

“Está bien que se dicten medidas para fortalecer el proceso de formalización, pero estas en ningún caso deben implicar la vulneración de derechos de terceros previamente otorgados, como por ejemplo concesionarios forestales”, señala Carmen Heck.

“Sincerar los plazos no es suficiente, para que el proceso de formalización tenga éxito debe contarse con el financiamiento necesario y personal capacitado, cada institución debe cumplir con los roles que se les han asignado y debe haber una lucha frontal contra la corrupción. De lo contrario, no se lograrán avances en los plazos establecidos”, agregó la abogada de la SPDA.

—–>Descargar el informe en PDF<——

Leer el informe en línea:

Informe sobre el decreto 032 relacionado a la formalización minera by spdaactualidad

Suscríbete a nuestro boletín

Recibirás las noticias de Actualidad Ambiental  en tu buzón

Lee, descarga y comparte la segunda edición de la revista Actualidad Ambiental.

Noticias relacionadas

  • Retienen maquinaria pesada a presuntos mineros ilegales dentro del Parque Nacional Huascarán

  • Fotógrafo peruano entre los finalistas de las imágenes más divertidas de la naturaleza

  • Científicos llevan al papa León XIV evidencia sobre los impactos de la minería en la Amazonía

  • Reportaje resalta que Keiko Fujimori “quiere borrar lo que su padre hizo”, en referencia al Parque Nacional Bahuaja Sonene

  • Promover la inversión requiere reglas claras, previsibles y estables: el caso del Parque Nacional Bahuaja Sonene

  • Impulsan hoja de ruta para fortalecer la gestión sostenible de las cinco millas marinas

  • Amplían hasta el 4 de octubre la convocatoria a curso sobre protección de personas defensoras del ambiente en Cusco

  • Merese y otorgamiento de derechos: exploran mecanismos para fortalecer el financiamiento de las ACR

  • Mapa, datos e historias: explora las 39 áreas de conservación regional del Perú