Fiscalía advierte que Congreso fomenta dos normas que favorecen la minería ilegal

Foto: Minam

  • Uno de los proyectos de ley plantea ampliar el plazo para la formalización minera, y el otro pretende modificar el decreto legislativo que ordena la destrucción de maquinaria usada en esta actividad ilegal.

 

Fiscales ambientales especializados en materia ambiental expresaron su preocupación por dos proyectos de normas presentadas en el Congreso que favorecerían a los mineros ilegales y perjudicarían las acciones (por ejemplo, los operativos) que tienen como fin erradicar esta actividad que contamina y depreda los bosques de la Amazonía, especialmente en la región Madre de Dios.

Una de estas normas tiene que ver con un dictamen de la Comisión de Energía y Minas, el cual reúne los proyectos de ley 2172, 2519 y 3621, cuyo objetivo es establecer nuevas condiciones para el acceso al Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) y un nuevo plazo para la inscripción en este.

Según el pronunciamiento de los fiscales ambientales, esta propuesta “es perjudicial para la sostenibilidad del país y beneficia a la minería ilegal” porque alarga más el proceso de formalización que inició el 2002, hace 21 años. Asimismo, indican que el argumento de algunos mineros es que la formalización tiene un “complejo proceso” pero a la fecha sí existen mineros que han logrado formalizarse.

La otra propuesta legislativa tiene que ver con el Proyecto de Ley 2715, el cual fue aprobado en el Pleno del Congreso a principios de junio. Esta propuesta de norma tiene como fin modificar el Decreto Legislativo 1100, que regula las acciones de interdicción en la minería ilegal, precisamente el artículo 7, el cual ordena la destrucción de bienes, maquinaria o equipos que por sus características no se puedan decomisar.

Según la autógrafa de ley, cuyo plazo para ser observada o promulgada por el Ejecutivo vence mañana, propone que los bienes usados en la minería ilegal no sean destruidos sino puestos en custodia temporal o definitiva a los gobiernos locales, provinciales o regionales, donde se haya realizado la actividad ilegal.

Con la modificación del decreto legislativo, ya no se destruirían los equipos usados en la minería ilegal, sino pasarían a los gobiernos regionales o municipalidades. Foto: FEMA

Según los fiscales ambientales, esta propuesta de norma debe ser observada porque “debilita el mecanismo de interdicción al incluir un procedimiento más que puede dilatar o comprometer las investigaciones del delito”.

“Actualmente, quienes realizamos las acciones de interdicción no contamos con los recursos económicos y logísticos para la custodia y traslado de la maquinaria, entre otros instrumentos intervenidos en actos de minería ilegal, ya que estas se realizan en lugares con poco acceso y bastante alejados, por lo que trasladar esta competencia a los gobiernos municipales (distritales y provinciales) y gobiernos regionales, que tampoco cuentan con dichos recursos para la disposición y traslado inmediato del lugar de los hechos, debilitará este mecanismo frente a la lucha contra la minería ilegal”, agregaron.

“La propuesta atentan contra la autonomía del Ministerio Público y el carácter reservado de estas operaciones; puesto que todo operativo de interdicción tendrá que ser previamente comunicado y coordinado con los gobiernos regionales municipales y, de no darse, estas coordinaciones logísticas tendrían que ser frustrados”, concluyen los fiscales en el pronunciamiento.



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