Ecosistemas frágiles del sector forestal: alternativa para la conservación de la biodiversidad

Foto: Serfor

  • Los ecosistemas frágiles sectoriales del Sistema Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) representan una herramienta de conservación y gestión complementaria para aquellos ecosistemas con alto valor biológico que son vulnerables ante la presión antrópica y el cambio climático.

Escrito por: Angélica Gómez y Andrea Collantes / Programa de Bosques y Servicios Ecosistémicos de la SPDA

 

Por muchos años, en el Perú, hablar de conservación ambiental ha sido sinónimo de áreas naturales protegidas (ANP), espacios altamente representativos de nuestra biodiversidad que cuentan con un modelo sólido de gestión cuya regulación ha evolucionado por décadas. No obstante, a nivel mundial, se ha evidenciado que los esfuerzos de las ANP requieren ser complementados si queremos apuntar a una conservación integral que vaya de la mano con el desarrollo sostenible. Por ello, resulta indispensable comenzar a prestar atención a otros mecanismos de conservación contemplados en nuestra legislación y que requieren apoyo para su implementación y fortalecimiento progresivo.  

Uno de estos mecanismos son los ecosistemas frágiles incluidos en la Lista Sectorial del Serfor, cuya apertura se dio hace diez años y cuenta con un gran potencial para ser la principal herramienta para la gestión y protección del patrimonio forestal y de fauna silvestre (fuera de ANP), con enfoque participativo, de descentralización y ordenamiento territorial. 

1. Fragilidad en ecosistemas: ¿por qué decimos que un ecosistema es frágil?  

Sabemos que la esencia del manejo de la conservación de la naturaleza se basa en identificar especies, comunidades y ecosistemas que presenten una alta probabilidad de ser fuertemente dañados por actividades humanas y sean vulnerables ante la ocurrencia de eventos naturales o ante el cambio climático; es decir, ecosistemas con baja resiliencia (capacidad de retornar a sus condiciones originales) e inestables ante estos eventos, a esta condición es que nos referimos cuando hablamos de fragilidad y ecosistemas frágiles. 

Es importante tener en claro que la condición de fragilidad es inherente al ecosistema; es decir, un ecosistema tiene por sí mismo una cierta fragilidad, ya sea que esté expuesto o no a perturbaciones a través del tiempo. Muchas definiciones de fragilidad han sido propuestas por los ecólogos, y si bien ha sido complejo hallar una definición que sea útil en la gestión de la conservación de la naturaleza, es totalmente entendible que, a mayor fragilidad, mayor es la necesidad de conservación (Chiappy,2001).  

La fragilidad está íntimamente relacionada con las características intrínsecas del propio ecosistema como la riqueza, la biodiversidad, su resiliencia, su endemismo, su carácter relicto, su insularidad, su aislamiento, entre otras y con características extrínsecas como las condiciones abióticas (Ceccon, 2017). 

El concepto inverso a la fragilidad es la estabilidad, básicamente, la fragilidad y la estabilidad de un ecosistema se relacionan con el grado de cambio en la abundancia y composición de especies tras una perturbación. Altas tasas de rotación de especies o fluctuaciones poblacionales caracterizan a los ecosistemas frágiles y viceversa.  

Foto: Serfor

2. Conservación de EF en el mundo  

Desde la década de 1970, ecólogos alrededor de mundo empezaron a desarrollar el concepto de ecosistemas frágiles, llamándolos también hábitats frágiles o zonas vulnerables; sin embargo, hay que tener en claro que la vulnerabilidad se define como la disponibilidad de los recursos naturales en función de la fragilidad y la presión. Es decir, la vulnerabilidad es consecuencia de las condiciones de fragilidad. 

Existen ejemplos de ecosistemas frágiles protegidos por ley en diferentes países de América y forman parte de sus respectivas categorías de áreas naturales protegidas. En México se les denominan ecosistemas frágiles o relevantes y el especial interés de conservación de estos ecosistemas son la selva de caducifolia. Caso similar ocurre en Panamá donde se hace énfasis en los ecosistemas de manglar; en Colombia, los ecosistemas frágiles están orientados especialmente a la protección de los bosques secos tropicales, páramos y arrecifes coralinos; en Ecuador, la protección de estos ecosistemas se centra en los manglares, bosques andinos e islas Galápagos; en Argentina, los esfuerzos de protección de ecosistemas frágiles se orientan a los sistemas montañosos.  

3. ¿Qué son los ecosistemas frágiles sectoriales en el Perú y cómo se identifican?  

A nivel normativo, en el Perú, el término “ecosistema frágil” parte de la Ley General del Ambiente (Ley 28611), la cual establece que estos comprenden, entre otros, desiertos, tierras semiáridas, montañas, pantanos, páramos, jalcas, bofedales, bahías, islas pequeñas, humedales, lagunas altoandinas, lomas costeras, bosques de neblina y bosques relicto. Además, esta norma dispone que “en el ejercicio de sus funciones, las autoridades públicas adoptan medidas de protección especial para los ecosistemas frágiles, tomando en cuenta sus características y recursos singulares; y su relación con condiciones climáticas especiales y con los desastres naturales” [1]. 

En esa línea, el Serfor, como ente rector del Sistema Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, aprueba una Lista Sectorial de ecosistemas frágiles, la cual se da en el marco de su sector y ámbito de competencias (por ello el término “sectorial”). Para ingresar a la lista, los ecosistemas atraviesan un procedimiento liderado conjuntamente por el Serfor y las autoridades regionales, con participación de gobiernos locales y otros actores, mediante el cual se evalúan criterios técnicos como la relevancia biológica, el estado del hábitat, la provisión de servicios ecosistémicos y el valor de gestión [2]. 

Una vez dentro de la lista, se les denomina “ecosistemas frágiles sectoriales” y se activan ciertas limitaciones de uso de los recursos forestales y de fauna silvestre ubicados en el área del ecosistema [3], así como un protocolo de actuación interinstitucional orientado a gestionarlos y protegerlos, en el cual participan múltiples entidades como: Serfor, Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midegri), Ministerio de Educación (Minedu), Policía Nacional del Perú (PNP), Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), Instituto Nacional Penitenciario del Perú (INPE), Ministerio Público, Gobiernos regionales y locales [4]. 

En la actualidad, existen 187 ecosistemas frágiles incluidos en la Lista Sectorial en la costa, sierra y selva, como resultado de un proceso que fue iniciado por el Midagri en el 2013, y continuado por el Serfor desde 2018. El principal avance se encuentra en la región amazónica, donde han sido identificados prácticamente la totalidad de ecosistemas; mientras que en la costa y sierra algunos se han incluido en la Lista Sectorial, y otros todavía se encuentran en proceso de identificación, debido a limitaciones presupuestales y logísticas para llevar a cabo los procesos. 

Foto: Serfor

 4. ¿Por qué los EF sectoriales deben ser considerados una herramienta clave para la conservación en el Perú?

  • Constituyen muestras representativas de la biodiversidad, y su conservación ayuda a garantizar la conectividad entre áreas que hayan sido fragmentadas o áreas que formen parte de un corredor biológico. 
  • Están orientados a la descentralización, pues su inclusión en la Lista Sectorial, gestión y protección busca tener como protagonistas a las autoridades regionales y locales. 
  • Tienen un enfoque participativo, lo cual se manifiesta desde el proceso de inclusión en la lista, dado a que se valora la existencia de iniciativas por parte de la población local y se realiza un proceso de socialización de la ficha técnica. La gestión, que es el siguiente paso, apunta también a que se involucre a la población y organizaciones locales, incluyendo tener un registro de actores y gestores locales y fomentar la educación ambiental sobre los EF en colegios. 
  • Contribuyen al ordenamiento forestal, debido a que integran de las zonas de protección y conservación ecológica (ecosistemas priorizados para la conservación de la biodiversidad), las cuales forman parte del módulo 1 de la zonificación forestal junto a las ANP y las reservas de tierras para pueblos indígenas. 
  • Buscan la seguridad jurídica, pues se prevé la realización del respectivo saneamiento físico legal y la inscripción de las condiciones de uso de los recursos forestales y de fauna silvestre como cargas registrales. 
  • Favorecen a la predictibilidad de las opiniones técnicas, en tanto la metodología contemplada en las condiciones de uso, acompañada de la ficha técnica del ecosistema frágil sectorial, permiten que la autoridad tenga un sustento técnico previsible para emitir opiniones previas ante proyectos de actividades que puedan afectar a los recursos forestales y de fauna silvestre. 
  • Son una modalidad en desarrollo, lo cual permite implementar proyectos piloto y formular las normas relacionadas a procesos de saneamiento físico-legal y gestión en base a aprendizaje empírico.  

Si bien existen 187 ecosistemas frágiles incluidos en la Lista Sectorial en costa, sierra y selva, todavía no se tienen experiencias de gestión ordenadas a través de un plan, ni tampoco una norma que las oriente. Actualmente, el Serfor, con apoyo de la SPDA, viene realizando las primeras coordinaciones para determinar los procesos de saneamiento físico-legal e inscripción de la carga registral; así como trabajando en los procesos de identificación de ecosistemas andinos en Áncash y marino-costeros en Áncash y Lima, con miras a trabajar en los primeros pilotos de gestión. 

Es indispensable comprender el potencial de esta figura contemplada en la Ley Forestal y de Fauna Silvestre a fin de apoyar su implementación y mejora continua, así como lograr el compromiso de las autoridades en todos los niveles de gobierno para apostar por la conservación de la biodiversidad a nivel subnacional valorando y brindando soporte a las iniciativas de la población. 

 

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[1] Artículo 99.
[2] Resolución de Dirección Ejecutiva 287-2018-MINAGRI-SERFOR-DE, “Lineamientos para la identificación de ecosistemas frágiles y su incorporación en la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles”. Modificada por RDE N° 021-2020-MINAGRI-SERFOR-DE.
[3] Resolución de Dirección Ejecutiva 253-2018-MINAGRI-SERFOR-DE, “Condiciones para el uso de los recursos forestales y de fauna silvestre en los ecosistemas incluidos en la lista sectorial de ecosistemas frágiles”.
[4] Decreto Supremo 007-2020-MINAGRI, Decreto Supremo que aprueba el Protocolo de Actuación Interinstitucional para Gestionar y Proteger los ecosistemas incluidos en la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles.


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