Aprueban estrategia para la protección de pueblos indígenas ante el COVID-19

Foto: Aidesep

 

  • Las acciones, que se desarrollarán en cinco ejes, priorizan la atención médica intercultural, la protección de los indígenas más vulnerables y la coordinación con los diferentes niveles de gobierno.

 

Con el fin de que Estado, en sus distintos niveles de gobierno, implemente medidas urgentes y extraordinarias para la atención de los pueblos indígenas u originarios durante la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19, el Ejecutivo publicó el Decreto Legislativo 1489, que organiza las acciones que ya se realizan en diferentes regiones del país.

La norma busca garantizar la atención médica intercultural y difusión de información en lenguas nativas; asegurar mecanismos de articulación con entidades públicas que destinen servicios para la atención de la población indígena; y salvaguardar la vida, salud e integridad de los pueblos indígenas u originarios, con especial atención en aquellos pueblos que se encuentran en situaciones de aislamiento y de contacto inicial.

Según informó el Ministerio de Cultura (Mincul), esta estrategia multisectorial se desarrollará en cinco ejes: respuesta sanitaria, control territorial, abastecimiento de bienes (productos o alimentos) de primera necesidad, información y alerta temprana, y protección de pueblos indígenas en situación de aislamiento y contacto inicial.

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El decreto también aprueba líneas de acción estratégicas por cada uno de los ejes, las cuales se encuentran en proceso de implementación. En ese sentido, el Mincul y el Ministerio de Desarrollo en Inclusión Social (MIDIS) se encuentran coordinando la entrega de alimentos a las comunidades nativas, en el marco del Decreto Legislativo 1472, que faculta al Programa Nacional Qali Warma proporcionar excepcionalmente el servicio de atención alimentaria complementaria a personas en situación de vulnerabilidad.

La norma indica que los servicios y acciones que desarrollen las entidades del Estado deben garantizar la participación y coordinación con organizaciones representativas de los pueblos indígenas u originarios. Según Mincul, es importante resaltar que la estrategia recoge los aportes y recomendaciones formulados por las organizaciones indígenas nacionales y regionales.

 En otro punto del decreto, se establece disposiciones de obligatorio cumplimiento para que las entidades públicas encargadas de brindar los servicios y acciones dirigidos a ámbitos geográficos, donde habitan pueblos indígenas u originarios en el marco de la estrategia, adecuen sus intervenciones a las realidades culturales de dichos pueblos.

Asimismo, señala que las entidades involucradas deberán coordinar con el Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura para que este realice la interpretación y traducción en lenguas indígenas u originarias de información prioritaria, garantizando su transmisión y comprensión a través de la contextualización de los mensajes a la realidad sociocultural de los pueblos indígenas.

Foto: Musuk Nolte

DATO:

¿Cómo se desarrollarán los cinco ejes? El decreto los detalla de la siguiente manera:

  1. Respuesta Sanitaria. El Ministerio de Salud dirigirá el diseño de medidas orientadas a prevenir y responder a la propagación del COVID-19 en ámbitos geográficos donde habitan pueblos indígenas, en coordinación con organizaciones representativas de los pueblos originarios. Esto involucra diagnóstico de casos, vigilancia epidemiológica y acciones de prevención en localidades indígenas, entre otras.
  2. Control territorial. La Policía Nacional y las Fuerzas Armadas se encargarán de dirigir y coordinar las acciones para reforzar las medidas de control y supervisión del tránsito fluvial y terrestre en ámbitos donde habitan pueblos indígenas, así como de prevenir el ingreso de personas que los pongan en riesgo.
  3. Abastecimiento de bienes de primera necesidad. El Ministerio de Cultura se encargará de identificar a las localidades de pueblos indígenas u originarios en situación de vulnerabilidad para los productos o alimentos de primera necesidad, en el marco del Decreto que faculta al Programa Qali Warma a proporcionar excepcionalmente alimentos para personas en situación de vulnerabilidad.
  4. Información y alerta temprana. El Ministerio de Cultura y Ministerio de Salud se encargan de dirigir las acciones para fortalecer la estrategia de comunicación y difusión de información relevante y culturalmente adecuada sobre la prevención del COVID-19 y establecer de manera coordinada mecanismos de monitoreo y alerta de la situación sanitaria en las localidades indígenas.
  5. Protección de los Pueblos Indígenas en Situación de Aislamiento y Contacto Inicial. El Ministerio de Cultura y el Ministerio de Salud fortalecerán el monitoreo en los ámbitos con presencia de los PIACI, así como la implementación de medidas de seguridad sanitaria.

 

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