Ley de Contaminación Lumínica: paneles LED deberán permanecer apagados entre las 12:00 y 7:00 a. m., según reglamento
- El reglamento de la Ley de Prevención y Control de la Contaminación Lumínica, establece horarios de apagado para la publicidad luminosa, prohíbe las pantallas LED en zonas residenciales y define las multas para quienes incumplan estas normas.
miércoles
12 de noviembre, 2025

Foto: Daniel Contreras / SPDA
El gobierno peruano ha promulgado finalmente el reglamento de la Ley de Prevención y Control de la Contaminación Lumínica (Ley 31316). Esto significa que la ley, creada para regular la intensidad luminosa generada por fuentes artificiales, podrá hacerse efectiva tras cuatro años desde su promulgación.
Entre otros temas, el reglamento establece horarios de apagado para la publicidad luminosa. Por ejemplo, prohíbe las pantallas LED en zonas residenciales y cerca de áreas naturales, y define las multas para quienes incumplan estas normas.
Con este reglamento, la ley entrará en vigencia a partir de noviembre del 2026.
Prohibición en zonas residenciales y naturales
El reglamento de ley, que aplica a los elementos de publicidad exterior (EPE) superiores a los 12 m², alumbrado público y la iluminación de infraestructura deportiva, industrial y de servicios, prohíbe la instalación de pantallas LED o electrónicas en zonas residenciales y a menos de 500 metros de áreas verdes, parques, playas, áreas naturales protegidas y ecosistemas frágiles.
Además, el reglamento también dispone que todos los elementos de publicidad exterior deberán permanecer apagados entre la medianoche y las siete de la mañana, todos los días del año.
Asimismo, establece los requisitos para la instalación de publicidad exterior luminosa, que incluyen una solicitud formal, ficha técnica, seguro de responsabilidad civil, instrumento financiero para garantizar su retiro y pago de derechos.
La autorización tiene un plazo de tres años y podrá renovarse con los mismos requisitos en caso no haya ningún cambio técnico.
El reglamento también define las multas por incumplir estos requisitos, que van desde las 102 UIT por operar sin autorización hasta las 234 UIT por exceder los límites de luminancia.
Finalmente, señala que las municipalidades deberán elaborar un diagnóstico en un año y un plan de acción para prevenir la contaminación lumínica, así como promover campañas de sensibilización.
Cualquier persona está facultada a denunciar cualquier infracción a estas normas ante el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA).

Foto: Daniel Contreras / SPDA
Datos:
- La Ley de Prevención y Control de la Contaminación Lumínica fue aprobada por el Congreso en 2021, y busca proteger la salud de las personas, la vida silvestre y el paisaje natural.
- En las personas, la contaminación lumínica está asociada a ciertos tipos de cáncer, enfermedades cardíacas, trastornos del sueño y peor salud mental.
- Además, este tipo de contaminación desorienta a las aves migratorias y afecta a la anidación de las tortugas y las poblaciones de insectos.



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