Expertos en minería ilegal e informal critican que el Reinfo sea “hereditario”

  • La presidenta de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE), Julia Torreblanca, indicó que “un registro no es un título, no debe heredarse, se trata de una mera inscripción administrativa».

martes

20 de mayo, 2025

Foto: SNMPE

 

El pasado 18 de mayo, el Ejecutivo aprobó el reglamento de la Ley que establece la rectoría y la ampliación del plazo del proceso de formalización minera integral de la actividad en la pequeña minería y minería artesanal (Ley 32213).

El reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo 009-2025-EM, comprende tres capítulos, 12 artículos, seis disposiciones complementarias finales, tres disposiciones complementarias transitorias y tres disposiciones complementarias modificatorias.

Una de estas disposiciones complementarias establece la “Transferencia de titularidad en el registro por sucesión”. Es decir, se puede solicitar la modificación de la titularidad de la inscripción del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) por sucesión, cuando fallece el minero informal titular de la inscripción.

Esta disposición llamó la atención de diversos expertos en el tema. Karina Garay, vocera legal del Observatorio de Minería Ilegal (OMI), señaló que la medida genera “desorden” y que el proceso de formalización minera se vuelva “interminable”.

“No es posible que se tenga que dar esta sucesión, que se confunda un derecho minero, con un derecho civil o con un derecho hereditario. Estamos dando más carta abierta a los mineros y al desorden que está generando esta minería informal. Estamos generando que más personas continúen con un proceso de formalización minera interminable”, explicó en entrevista con RPP.

Una opinión similar es la de César Ipenza, abogado experto en materia ambiental, quien también criticó esta medida y señaló que el Gobierno “está jugando a favor de la minería ilegal”.

Por su parte, en conversación con El Comercio, el exministro de Energía y Minas, Carlos Herrera Descalzi dijo que “no veo cómo se puede heredar, he buscado la explicación dentro de la ley y no está. Un reglamento no puede modificar la ley. No la puede reducir y tampoco ampliar”. “Es como tener un brevete y se lo dejo a mi hijo”, indicó.

Rafael Belaunde, también exministro de la misma cartera, señaló que esta sucesión del Reinfo indica que el Gobierno y el Congreso no tienen la voluntad de cerrar el proceso de formalización minera. Y agregó que este mecanismo representa “un limbo de impunidad e ilegalidad”.

En declaraciones al mismo diario, la presidenta de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y energía (SNMPE), Julia Torreblanca, dijo que “un registro no es un derecho adquirido”. “Un registro no es un título, un registro no debe heredarse, se trata de una mera inscripción administrativa. Un Reinfo no representa un derecho sobre un bien”, agregó.

Ministro niega que se trate de una “herencia”

En entrevista con RPP, el ministro de Energía y Minas, Jorge Montero, aseguró que la “Transferencia de titularidad en el registro por sucesión” no se trata de una herencia “sino de la transferencia de la titularidad cuando fallece un titular de un Reinfo vigente, no de Reinfos suspendidos ni actividades ilegales. Eso no existe».

Asimismo, explicó que la normatividad que regula la transferencia de la titularidad del Reinfo ya existe, y se halla en el Decreto Supremo 018-2017-EM, aprobado el 1 de junio del 2017.

“El concepto de transferencia de titularidad en el caso del fallecimiento del titular de un Reinfo vigente es algo que está ya legislado. Se indica claramente que se puede transferir por sucesión a la titularidad de un Reinfo cuando fallece el minero informal”, señaló.

“Lo que hacemos es modificar el Decreto Supremo 018-2017-EM y decimos que puede transferir por sucesión la titularidad de la inscripción de un Reinfo cuando fallece el minero informal titular de un registro, de una inscripción. Entonces, ese es el matiz que se le da. En el año 2017 se daba la posibilidad de la transferencia de la titularidad en el caso de un Reinfo que era el titular de concesión”, indicó.

 

 

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