Alerta: Congreso de la República vuelve a impulsar proyectos de hidrocarburos dentro de parques nacionales

  • Proyecto de ley presentado por el congresista Eduardo salhuana propone priorizar la explotación de gas en Madre de Dios, incluso en áreas naturales protegidas como los parques nacionales del Manu y Bahuaja Sonene, así como la Reserva Comunal Amarakaeri. 

domingo

29 de marzo, 2026

Foto: Diego Pérez / SPDA

Escribe: Programa de Política y Gobernanza Ambiental / Programa de Biodiversidad y Pueblos Indígenas de la SPDA

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El 20 de marzo de este año, el congresista Eduardo Salhuana Cavides presentó el Proyecto de Ley 14288/2025-CR, a través del cual se declararía de interés y prioridad estratégica nacional el desarrollo de la cuenca gasífera de Madre de Dios para el fortalecimiento de la seguridad energética del Perú y el desarrollo de la Amazonía.

De acuerdo con la exposición de motivos del proyecto de ley estas disposiciones buscarían eliminar la dependencia de ciertos campos de producción de gas natural y explorar nuevas fuentes de abastecimiento energético para garantizar la sustentabilidad de las reservas de gas natural en el largo plazo. Una evidencia de dicha dependencia sería la emergencia en el sistema de transporte de gas natural del proyecto Camisea, por lo que explorar nuevas cuencas gasíferas funcionaría como una respuesta ante dicha fragilidad del sistema.

Al respecto, desde la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) se ha elaborado una opinión legal a través de la cual se hace un análisis respecto de la constitucionalidad de las disposiciones y además se reflexiona sobre la necesidad de revalorizar a las áreas naturales protegidas (ANP) como espacios con un valor ambiental y cultural intrínseco y que sostienen a personas de las zonas más vulnerables de nuestro país. Las disposiciones incluídas en el proyecto de ley carecen de un análisis completo, dado que presentan como única solución al problema de “dependencia energética” el impulso de proyectos de hidrocarburos en ANP de uso indirecto sin tomar en cuenta dentro del análisis una ponderación de derechos ni otras alternativas de solución.

La afectación a parques nacionales y la regresión en materia ambiental

La exposición de motivos establece que la zona definida como “Cuenca Gasífera de Madre de Dios” se superpone al Parque Nacional del Manu, la Reserva Comunal Amarakaeri, y el Parque Nacional Bahuaja Sonene. Cabe resaltar que, tanto el Parque Nacional el Manu como el Parque Nacional Bahuaja Sonene son ANP de uso indirecto, las cuales, de acuerdo con la Ley de Áreas Naturales Protegidas, son áreas que por sus características no permiten la extracción de recursos naturales. Asimismo, la Reserva Comunal Amarakaeri, si bien es una ANP de uso directo, tiene una zonificación especial puesto que se superpone con dos monumentos que son patrimonio cultural de la Nación, como por ejemplo el sitio arqueológico Rostro Harakbut. 

El artículo 4 del proyecto de ley establece que se autorizaría de manera excepcional el desarrollo de actividades de exploración y explotación de gas en dichas ANP, sin analizar cómo se podrían mantener los valores protegidos de los parques, su carácter definitivo o su carácter de dominio público. Es más, en la Exposición de Motivos no se incluye ninguna valoración técnica ni legal respecto de cómo afectaría la reducción o modificación de dichos parques. Esta información es clave para que se pueda tomar una decisión de este tipo.

Cabe resaltar también que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ya ha señalado en la Opinión Consultiva-32/25 que la regresividad en materia ambiental es una violación a la obligación de progresividad que tienen los Estados en materia ambiental, cuando las decisiones no  se basan ni en datos científicos, ni en criterios razonables de proporcionalidad y necesidad. 

Por otro lado, el proyecto de ley no toma en cuenta competencias de entidades importantes como el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado o el mismo Ministerio de Cultura, lo cual no solo implica una violación a competencias establecidas, sino también es una afectación directa a la institucionalidad que se ha buscado consolidar en dicha materia. 

Finalmente, si bien se hace alusión a respetar la normativa ambiental y que las actividades pasen por procesos de consulta previa no se ha tomado en cuenta que el mismo proyecto de ley tendría que pasar por dicho proceso, y se ha obviado este importante paso que busca garantizar los derechos colectivos de pueblos indígenas.

Para conocer la opinión legal «Expansión gasífera en zonas protegidas: el Proyecto de Ley 14288/2025-CR pone en riesgo a las áreas naturales de Madre de Dios» desarrollada por la SPDA, haz click aquí.

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