OMI: nuevo decreto contra la minería ilegal endurece penas, pero deja otros retos

  • Observatorio de Minería (OMI) Ilegal analizó el Decreto Legislativo 1695, el cual modifica tres artículos del Código Penal para fortalecer la lucha contra la minería ilegal en el país.

martes

3 de febrero, 2026

Foto: Poder Judicial

 

El pasado 20 de enero, como parte de la delegación de facultades que le otorgó el Congreso, el Gobierno aprobó el Decreto Legislativo 1695, el cual busca “fortalecer las medidas que garanticen la prevención, investigación efectiva contra la minería ilegal”.

Según el Observatorio de Minería Ilegal (OMI), la norma modifica tres artículos del Código Penal (307-A, 307-E y 307-F), y si bien endurece las penas contra esta actividad ilegal, deja retos institucionales y presupuestales.

Para el OMI, esta norma “introduce modificaciones al régimen penal, incrementa las penas y amplía el alcance del delito a actividades conexas como el beneficio y el tráfico ilícito de recursos minerales. Sin embargo, especialistas coinciden que el decreto legislativo, si bien refuerza el ‘brazo penal’ del Estado, no resuelve los problemas estructurales que sostienen la expansión de esta economía ilegal”.

El OMI explicó que el Decreto Legislativo 1695 reconoce de manera expresa a la minería ilegal como una forma de crimen organizado, lo que permite fortalecer su persecución penal. César Ipenza, vocero del colectivo, indicó que, entre los principales cambios se encuentran: el incremento de penas y la ampliación del tipo penal a actividades que antes quedaban en “zonas grises”, como el procesamiento del mineral, el beneficio, transporte y el tráfico ilícito de recursos minerales.

Según afirmó el especialista, estos cambios normativos dotan al Estado de mayores herramientas para investigar y sancionar a las redes criminales que operan detrás de esta actividad.

Por su parte, Julio Guzmán, procurador ante la Procuraduría Pública Especializada en Materia Ambiental, indicó que uno de los principales obstáculos para perseguir a estas mafias es la falta de un modelo de trazabilidad en los diferentes momentos de desarrollo de la actividad minera.

“Necesitamos un mecanismo para que los operadores de justicia identifiquen el lugar de origen de los recursos, la maquinaria e insumos utilizados, y ubiquen las rutas por donde transitan, desde las concesiones hacia las plantas de beneficio”, agregó.

Guzmán indicó que, sin información adecuada y accesible, se puede generar un marco punitivo, con controles excesivos, que dispararía los niveles de corrupción. Sin estos mecanismos efectivos para combatir la criminalidad, agregó, la norma puede caer en el populismo penal. Según el procurador, de nada sirve agregar un catálogo de nuevos delitos si no se genera un efecto disuasivo desde el Estado.

“Se necesitan políticas ligadas al control de la extracción y fiscalización del recurso […] Estamos recurriendo a lo penal para resolver algo que el derecho administrativo no ha podido solucionar en años”, explicó.

Foto: Ejército Peruano

Capacitación y presupuesto

Según el OMI, otro de los desafíos centrales en este problema es la limitada capacidad institucional para implementar la norma. Jueces, fiscales y procuradores enfrentan restricciones presupuestales y falta de personal especializado. Sin recursos suficientes, advierte, la aplicación efectiva del Decreto Legislativo 1695 corre el riesgo de quedar en el plano declarativo.

El juez supremo Juan Carlos Checkley, del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema de Justicia de la República de Perú, señaló que es vital fortalecer los conocimientos de los operadores a cargo de las investigaciones. Debido a que el delito de minería ilegal ahora abarca un abanico más amplio de etapas de producción y actividades, añadió, es necesario que los policías y fiscales sean capacitados respecto a la Ley General de Minería y sus reglamentos específicos. De esta forma, podrán investigar de manera más eficiente.

El magistrado agregó que la minería ilegal es un delito pluriofensivo; es decir, ataca varios bienes jurídicos como: la evasión de impuestos y lavado de activos, o la seguridad ciudadana y su vinculación con la trata de personas. Esto también hace más complejas y costosas las indagaciones de los operadores de justicia. Sin embargo, el decreto legislativo, explicó, no ha incluido incrementos presupuestales o partidas de fondos públicos para estos temas.

Finalmente, el OMI hizo énfasis en que la nueva normativa no será beneficiosa mientras desde el Congreso se siga promoviendo la ampliación del proceso de formalización minera, como ha ocurrido en los últimos años.

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