Hacia una mejora de la gobernanza marina
Desde la SPDA consideramos importante poner sobre la mesa los siguientes puntos para construir las bases de una mejor gobernanza en el sector pesquero:
Visión integral, ecosistémica y política para la gestión de los recursos y ecosistemas marinos: Resulta indispensable que los diferentes sectores definan una política sobre cómo queremos gestionar el mar peruano, para alinear visiones, delimitar competencias, definir prioridades, promover la colaboración y minimizar conflictos entre usuarios y sectores. Se requiere que el país cuente con una política marítima diseñada intersectorialmente desde el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN). Ello implica pensar en el ordenamiento del ámbito marino, usando estrategias como la planificación espacial marina, el manejo integrado de las zonas marino costeras y establecer espacios de coordinación inter-sectorial, con los Gobiernos Regionales y los grupos de interés.
Al respecto, el 6 de diciembre de 2017, se emitió el Decreto Supremo 118-2017-PCM que conforma la Comisión Multisectorial de la Acción del Estado en el Ámbito Marítimo (COMAEM), el cual señala entre sus considerandos que, a la fecha, todos los niveles de gobierno se encuentran vinculados a las actividades del ámbito marítimo, existiendo políticas sectoriales de carácter transversal, no articuladas e integradas, por lo que es imprescindible el tratamiento de un modo global e intersectorial sistematizado entre las instituciones que ejerzan regulación, control y políticas en el campo de las actividades concernientes al ejercicio de los diversos usos del mar. En tal sentido, es conveniente crear la COMAEM, a fin de fortalecer y optimizar de manera sostenible, el uso de los espacios y la explotación de los recursos naturales.
Cabe señalar que la COMAEM se encuentra presidido por la Presidencia del Consejo de Ministros, una Secretaría Técnica ejercida por el Ministerio de Defensa – Marina de Guerra del Perú, así como la conforman representantes del CEPLAN y diversos ministerios. Asimismo, en el Art. 5° del citado Decreto, señala la facultad que tiene la COMAEM para convocar a especialistas y representantes de otros ministerios y diversas entidades públicas y privadas cuya participación resulte necesaria para el cumplimiento de sus fines, lo cual deja la posibilidad abierta de que las organizaciones no gubernamentales (ONG), como entidades privadas, puedan apoyar en los temas que sean tratados en la COMAEM.
En tal sentido, desde la SPDA, saludamos la iniciativa de la creación de la COMAEM y esperamos que en el seno de la misma se logre establecer la política marítima integrada y articulada a la que se aspira, tomando en cuenta no solo el ámbito internacional, sino también el nacional, así como se convoque la participación de las distintas ONG conocedoras y defensoras del medio marino.
Revisión integral del marco legal pesquero, en especial de la Ley General de Pesca y su Reglamento: Contamos con una ley con 25 años de antigüedad y modificada en numerosas ocasiones. La ciencia para la gestión de las pesquerías ha avanzado notablemente en los últimos años y esta debería ser recogida en la norma. Entre los cambios urgentemente necesarios podemos destacar la necesidad de:
- Contar con objetivos claros de manejo y sistemas adecuados para evaluar y monitorear el cumplimiento de metas. Por ejemplo, los ROP deberían ser evaluados, en el marco de un proceso formal, cada cierto tiempo.
- Procesos que generen mayor transparencia en la toma de decisiones, incluyendo espacios formales para la participación ciudadana y procesos de revisión de pares de las recomendaciones dadas por Imarpe, para la definición de las cuotas globales de captura. Asimismo se requiere una mayor participación de las universidades en investigación, monitoreo y apoyo al Imarpe y al sector artesanal en particular.
- Redefinición de roles y responsabilidades superpuestas, entre Gobiernos Regionales y Produce para la gestión y control, así como de la Dicapi y el Ministerio Público, en cuestiones relacionados al control y fiscalización.
- Asignación de derechos de uso para una mayor cantidad de pesquerías, promoviendo esquemas de comanejo en pesquerías que cumplan como mínimo el requisito de formalización en el ámbito de la pesca artesanal. La asignación de cuotas individuales, derechos exclusivos para la gestión de un espacio marino determinado o especies determinadas en una zona, entre otros esquemas, deberían ser promovidos.
- Incluir las categorías de sobreexplotado, al clasificar el nivel de explotación de las especies, y colapsado para el caso de recursos agotados.
- Definir con claridad que Produce y las Direpro, en el marco de sus competencias en pesca artesanal, son las únicas autoridades en el Perú que pueden asignar derechos, evitando que se sigan otorgando permisos de pesca por vía judicial. Asimismo se requiere contar con una norma especial a nivel nacional sobre la pesca deportiva.
- Regular los procesos para el establecimiento de zonas de no pesca, considerados actualmente en la norma como zonas reservadas.
- Definir de manera clara los términos “pesca artesanal”, “industrial” y “de menor escala”, no solo para anchoveta. La ambigüedad de los términos “con predominio de trabajo manual” y “modernos equipos” ha permitido que embarcaciones bolicheras que cuentan con sistemas mecanizados de extracción cuenten con permisos de pesca artesanal, y que realicen faenas de pesca dentro de las cinco millas.
- Reformular la figura de los Comités Regionales de Vigilancia de Pesca Artesanal (COREVIPAS), a efectos de empoderarlos y que puedan actuar de manera más eficiente.
- Cumplir los compromisos nacionales e internacionales asumidos por el Estado, con especial referencia a la creación de reservas marinas y que para el 2021 todas las regiones costeras cuenten con Planes de Manejo Integrado de las zonas costeras (PLANAA al 2021).
Contar con Planes de Manejo Pesquero para las principales especies comerciales: Incorporar en la Ley General de Pesca la opción de contar con Planes de Manejo para las pesquerías. A diferencia de los Reglamentos de Ordenamiento Pesquero (ROP) usados en la actualidad en el Perú, los Planes de Manejo que se implementan en otros países y a los que consideramos deberían asemejarse más nuestros ROP, articulan visiones, metas, objetivos y prioridades, guiando un proceso de toma de decisiones, planificación integral, monitoreo y evaluación, que permiten un manejo adaptativo y más acorde con la variabilidad ambiental que caracteriza a las pesquerías en el Perú.
Otorgarle las facultades suficientes a la Dicapi para que puedan realizar actividades de control, vigilancia y cumplimiento en relación a la pesca artesanal y construcción ilegal de embarcaciones.
Mayor transparencia y autonomía de Imarpe: Esto podría implicar la transferencia de Imarpe a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) para aumentar su autonomía en relación con el sector pesquero. En otros países, se han establecido e institucionalizado mecanismos como los comités científicos en el caso de Chile, que evalúan las recomendaciones del IFOP de dicho país respecto a investigación y medidas de manejo pesquero. Asimismo, es necesario reorientar los recursos, o armar un presupuesto por resultados, para que Imarpe pueda para realizar investigaciones científicas sobre una mayor cantidad de especies marinas, distintas de la anchoveta, y que esta pueda ser llevada a cabo tanto por Imarpe como por universidades y centros de investigación.
Fortalecer a los gobiernos regionales: Específicamente, las capacidades para manejar la pesca, mientras resuelven conflictos de competencias y brechas normativas. Para ello, se deberían realizar evaluaciones del desempeño que permitan comprender las necesidades y capacidades actuales de los gobiernos regionales. Adicionalmente, se debe fortalecer la política de Produce de contar con un experto del Ministerio dentro de las oficinas del Gobierno Regional.
Expandir la fiscalización a la pesca artesanal (y de menor escala para la anchoveta): Actualmente, los esfuerzos de monitoreo y control se enfocan en, la flota pesquera de gran escala y las plantas industriales gracias a que la industria financia este esfuerzo. Es importante que la aplicación de la ley se expanda al sector artesanal (y de menor escala para el caso de la anchoveta), y regular la pesca deportiva. Como establecimos anteriormente, un tema crucial es la construcción ilegal de embarcaciones en lugares no autorizados. Se requiere una norma con urgencia que establezca los roles y competencias de las diferentes autoridades para enfrentar esta situación, y evitar el uso ilegal que en muchos de estos casos se le viene dando a especies protegidas de madera como el ‘faique’. Finalmente, la sensibilización pública y el control en terminales pesqueros, mercados y restaurantes es crucial para contrarrestar la comercialización de especies en veda o bajo las tallas mínimas.
Continuar con los procesos de formalización como prioridad del sector, procurando antes haber solucionado el problema de la construcción ilegal de embarcaciones: Cualquier medida de manejo requiere determinar el esfuerzo pesquero. Se requiere actualizar el Censo de la Pesca Artesanal y llevarlo a cabo de manera adecuada y promover como se hizo con el SIFORPA para las embarcaciones motorizadas hasta de 6.48 m3 de arqueo, procesos de formalización para los no embarcados, los no motorizados y los de más de 6.48 m3 de arqueo. El diseño e implementación de estos sistemas debe considerar a los Gobiernos Regionales, en la medida que en el caso de la pesca artesanal son los responsables de su control y supervisión. Consideramos importante incluir una etapa de verificación como parte del proceso administrativo en la que la documentación entregada por los pescadores se contraste con la realidad. Asimismo, es importante diseñar un proceso de formalización para la tripulación de las embarcaciones y fiscalizar que los tripulantes de las embarcaciones cuenten con los documentos necesarios para embarcar, como el carné de pesca, el carné de patrón y el permiso de pesca para dar el permiso de zarpe.
Aplicación del nuevo Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas. Este nuevo Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo 017-2017-Produce y que reemplaza al RISPAC, trae consigo algunas novedades importantes como la inclusión de una metodología de cálculo para determinar sanciones, contempla la figura de la reincidencia como un factor agravante, incluye un título denominado “Autoridades de colaboración” que busca abordar el problema de la falta de articulación entre las diversas entidades con competencia en el sector pesca e incorpora medidas correctivas tales como la inmovilización y la devolución del recurso hidrobiológico vivo a su medio natural, entre otras. Una de las prioridades del Gobierno debería estar enfocada en erradicar la pesca de arrastre y la pesca con dinamita, haciendo cumplir las normas vigentes.