De enero a junio se incautaron más de 300 toneladas de carbón de algarrobo solo en Lambayeque

Foto: Serfor

  • Además del algarrobo, Serfor logró decomisar productos provenientes de especies como el palo santo, tornillo y faique.  

 

El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) informó que, a través de labores de control y fiscalización, en lo que va del año se ha logrado incautar alrededor de 305 mil kilos de carbón vegetal de algarrobo de procedencia ilegal, solo en el departamento de Lambayeque.

La Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) dio a conocer además que se incautaron 6890 kilos de palo santo, 52.95 m3 de leña y 10.74 m3 de madera aserrada de tornillo, faique, entre otras especies forestales que se encuentran en custodia hasta que duren las investigaciones.

“El aprovechamiento sostenible de los recursos forestales está permitido, pero para eso deben tener una autorización del Serfor. Los productos que decomisamos no cuentan con la documentación que garantice su extracción legal, por eso quedan inmovilizados mientras duren las investigaciones”, explicó Jorge Alfaro Navarro, responsable de la ATFFS Lambayeque.

Cabe resaltar que los decomisos se realizaron en coordinación con el Departamento Ambiental de la Policía Nacional del Perú (PNP) y la Fiscalía Especializada del Medio Ambiente (FEMA).

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La ATFFS Lambayeque inició el procedimiento administrativo sancionador (PAS) a las personas que trasladaban de manera ilícita dichos productos forestales al ser una infracción muy grave, según el Reglamento para la Gestión Forestal de la Ley 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre.

La autoridad forestal indicó que los productos forestales incautados -cuyo proceso administrativo queda consentido al demostrarse su procedencia ilegal- pueden ser transferidos a entidades públicas de forma gratuita con un fin social, educativo o cultural, a fin de atender a la población vulnerable de las diferentes localidades.

Especie protegida

Según el Serfor, el algarrobo (Prosopis pallida) es una de las especies forestales que representa a nuestro frágil ecosistema de bosque seco y se encuentra protegida por el Estado peruano, mediante el Decreto Supremo 043-2006-AG, que aprueba la categorización de especies amenazadas de flora silvestre, categorizándola como ‘vulnerable’.

Depredar esta especie para comercializarla constituye en delito de tráfico ilegal de productos forestales maderables, incluido en el artículo 310-A del Código Penal, que lo sanciona con una pena no menor de 4 años ni mayor de 7 años.

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