Modificación de Ley de Hidrocarburos pasó a Pleno sin debatirse en Comisión de Pueblos

Foto: Andina

Proyecto de ley, criticado porque su aprobación debilitaría al Ministerio del Ambiente (Minam), pasó de la Comisión de Energía directamente al Pleno del Congreso pese a que se había previsto debatirse en las comisiones de Pueblos y Economía.

 

El presidente de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos, Afroperuanos, Ambiente y Ecología (CPAAAAE), Wilbert Rozas, informó y lamentó que el proyecto de ley que busca modificar la Ley Orgánica de Hidrocarburos -enviado por el Ejecutivo- haya sido exonerado para debatirse en la comisión que preside pese a que abarca temas ambientales e indígenas.

Según Rozas, el pasado jueves 13 se agendó su debate y se presentó un predictamen para su posterior análisis en la Comisión de Pueblos, el cual no se pudo desarrollar porque no se contó con el quórum respectivo.

“La Junta de Portavoces con los votos de Fuerza Popular, Alianza para el Progreso y Peruanos por el Kambio exoneró de dictamen a las comisiones de Pueblos y Economía respecto al proyecto 2145, y agendó su discusión para el Pleno de hoy”, alertó el legislador.

Según Rozas la propuesta amplía los plazos de exploración y explotación de hidrocarburos hasta 70 años y debilita la institucionalidad ambiental al otorgarle facultades al Ministerio de Energía y Minas para que emita la última opinión vinculante respecto a propuestas legislativas.

[SPDA: Propuesta para modificar Ley de Hidrocarburos debilitaría la institucionalidad ambiental]

“Tenemos una economía dependiente de los hidrocarburos que agrava los impactos del cambio climático, provoca conflictos socioambientales y perjudica los derechos de los pueblos indígenas. Por eso, lamento que no se haya tomado en cuenta la opinión de la Comisión de Pueblos para abordar esta nueva ley de hidrocarburos y se agende directamente en el Pleno”, sostuvo Rozas.

El congresista explicó además que esta propuesta flexibiliza los estándares ambientales al reducir la rigurosidad de estudios, establece que PerúPetro elaborará la línea base de los instrumentos de gestión ambiental y permite la construcción de infraestructura en lotes sin ningún tipo de permiso.

“Aprobar una ley de hidrocarburos violando el derecho a consulta previa y las salvaguardas ambientales, es un despropósito. Le exigimos al presidente que escucha las demandas de los pueblos indígenas y no permita una ley que privilegia intereses económicos”, sentenció.

Foto: Andina

Comisión de Pueblos debe debatir el proyecto de ley

Según Carlos Trinidad, asesor legal de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), “es indispensable que el dictamen sea evaluado por la CPAAAAE, previamente a su discusión en el Pleno. Primero, porque no es posible regular la actividad hidrocarburífera sin una profunda evaluación de sus implicancias ambientales y, en especial, de sus efectos sobre los derechos de los pueblos indígenas. En segundo lugar, es necesario que cualquier diseño de la regulación de hidrocarburos garantice el derecho a la participación de los pueblos indígenas, así como su derecho a la consulta previa, libre e informada”.

Trinidad Alvarado alertó que el dictamen tiene varias imprecisiones sobre temas indígenas determinantes, como es el caso del derecho a la consulta previa.

“El dictamen propone que la consulta previa se realice en áreas de influencia del proyecto de exploración o explotación, cuando la normativa nacional e internacional más bien señalan que la consulta se realiza cuando se prevea una medida administrativa susceptible de afectar a los pueblos indígenas, con independencia de que estos se encuentren dentro o fuera del área de influencia de un proyecto en particular”, explicó.

“Por otro lado, el dictamen prevé un ‘derecho de tránsito’ que permitiría construir infraestructura dentro y fuera del lote, pero que no establecería ninguna salvaguarda o garantía en relación con los territorios indígenas, como por ejemplo, el ejercicio del derecho de consulta y/o consentimiento libre, previo e informado, o mecanismos indemnizatorios efectivos y proporcionales con el grado de la afectación territorial”, agregó.



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